Porque esta es la primera constitución de la capital
Este lunes entró en vigor la Constitución de la Ciudad de México e incluye nuevos derechos para los capitalinos (que quizá ni estabas enterado de que existían). Checa cuáles son estas garantías que ya tienen todas las personas en la capital.
1. DERECHO A LA SEXUALIDAD
La Constitución capitalina ya garantiza tu derecho a la sexualidad, es decir, a decidir "con quién compartirla; a ejercerla de forma libre, responsable e informada, sin discriminación, con respeto a la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales, sin coerción o violencia", de acuerdo con el apartado E de su artículo 6°.
Además, garantiza el derecho a que los capitalinos reciban educación sexual y servicios de salud integrales, "con información completa, científica, no estereotipada, diversa y laica".
2. COMUNIDAD LGBTTTI
Los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales, la llamada comunidad LGBTTTI, están reconocidos en la Constitución de la CDMX "para tener una vida libre de violencia y discriminación".
Además, señala que las autoridades deberán implementar políticas públicas para atender y erradicar la exclusión y discriminación por orientación sexual. Todo esto está consagrado en el apartado H del artículo 11°.
3. FAMILIAS DIVERSAS
El apartado D del artículo 6° protege a las familias diversas, es decir, "todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar son reconocidas en igualdad de derechos, protegidas integralmente por la ley y apoyadas en sus tareas de cuidado".
4. DERECHO A TENER HIJOS
El apartado F del artículo 6° de la nueva norma señala que "toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, voluntaria e informada tener hijos o no, con quién y el número e intervalo entre éstos, de forma segura, sin coacción ni violencia".
Aunque la Constitución de la CDMX no menciona la palabra aborto, recuerda que desde 2007 se aprobó su despenalización en la capital.
5. TIEMPO LIBRE
El artículo 13° de la Constitución de la CDMX hace referencia a una "ciudad habitable" e incluye en su apartado F el derecho al tiempo libre. Sí, en la CDMX "toda persona tiene derecho a tener tiempo para la convivencia, el esparcimiento, el cuidado personal, el descanso, el disfrute del ocio y a una duración razonable de sus jornadas de trabajo".
6. INGRESO MÍNIMO
El apartado A del artículo 9° de la norma que rige a la CDMX señala que "todas las personas tienen derecho a un mínimo vital para asegurar una vida digna en los términos de esta Constitución". Sí, lo que debe incluir, por ejemplo, recursos para tener tiempo libre, como te contamos en el punto anterior.
7. VOLUNTAD ANTICIPADA
Además, el numeral 5 del apartado D del artículo 9° aborda el respeto a la voluntad anticipada de los pacientes, es decir, a que éstos decidan o no "someterse a tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento su dignidad".
BONUS: ¿Y LA MARIHUANA?
"A toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, índica, americana o marihuana y sus derivados", señala el numeral 7 del apartado D del artículo 9° de la Constitución capitalina. Pero no tan rápido, recuerda que a nivel federal no se ha despenalizado el uso de la marihuana y por ello la norma de la CDMX incluye un artículo transitorio, el quinto, que aclara que ese derecho entrará en vigor "cuando la ley general en la materia lo disponga".
Puedes consultar la Constitución capitalina aquí.