La Cámara de Diputados aprueba el uso de la marihuana medicinal en México

Se aprobó una modificación de ley que despenaliza su uso para fines de salud
Se aprobó una modificación de ley que despenaliza su uso para fines de salud
La marihuana va.Se aprobó una modificación de ley que despenaliza su uso para fines de salud
Cuartoscuro
Nación321
2017-04-28 |14:57 Hrs.Actualización15:27 Hrs.


CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque esto es un avance para pensar en la despenalización en el uso recreativo

La Cámara de Diputados aprobó este viernes en lo general y en lo particular los artículos no reservados de la Ley General de Salud y Código Penal en el que se autoriza la utilización de la marihuana medicinal. 

Con 371 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló esta minuta que por primera vez despenaliza el uso de la droga para fines medicinales. 

Con esto la minuta aprobada va a reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal en materia de uso medicinal de la cannabis, índica y americana o marihuana, que hasta el momento son sustancias prohibidas dentro del territorio nacional.

Las modificaciones de ley implican quitar a la cannabis sativa o marihuana la tipificación de vegetal prohibido en el territorio nacional, para siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte, suministro, empleo y uso, de tal manera que estos actos puedan realizarse con fines médicos y científicos.

La Secretaría de Salud deberá diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas, así como normar la investigación y producción nacional de los mismos.

La minuta menciona que los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% o menores de THC y que tengan amplios usos industriales podrán comercializarse, exportarse e importarse cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.

La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos en los términos y condiciones de la autorización que para tal efecto emita el Ejecutivo federal, informó la Cámara de Diputados.

La minuta fue aprobada por el Senado de la República el 13 de diciembre de 2016, y la turnó a la Cámara de Diputados, donde fue dictaminada por Comisiones Unidas de Justicia y Salud.

El dictamen surgió de una iniciativa que presentó el Ejecutivo federal en la Cámara alta el 21 de abril de 2016.

Con esto la minuta fue turnada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).