Caso Izazaga 89: ¿Qué es la extinción de dominio que buscan aplicarle?

La Plaza Izazaga 89 vivió un mega operativo por varios artículos fraudulentos hallados
La Plaza Izazaga 89 vivió un mega operativo por varios artículos fraudulentos hallados
Extinción de dominio.La Plaza Izazaga 89 vivió un mega operativo por varios artículos fraudulentos hallados
Cuartoscuro
Nación321
2024-11-29 |12:51 Hrs.Actualización12:49 Hrs.

El jueves 28 de noviembre se realizó un operativo en la Plaza Izazaga 89, donde autoridades de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC-CDMX), con respaldo de la Marina, confiscaron un total de 88 mil piezas de mercancía de contrabando. No se reportaron personas detenidas durante la acción.

Según informó el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, la presidenta Claudia Sheinbaum ordenó llevar a cabo este operativo debido a que los comerciantes carecían de los permisos necesarios para la venta de estos productos. Además, anunció que los locales serán sometidos al proceso de extinción de dominio.

Los artículos confiscados fueron embalados en bolsas negras con la inscripción “mercancía asegurada” y luego trasladados en camiones para quedar bajo custodia gubernamental.

¿QUÉ ES LA EXTINSIÓN DE DOMINIO?


La extinción de dominio es un mecanismo legal en México que permite al Estado tomar posesión definitiva de bienes relacionados con actividades ilícitas, sin requerir una condena penal previa contra su dueño. 

Este proceso está normado por la Ley Nacional de Extinción de Dominio, vigente desde 2019, y se caracteriza por:

Naturaleza civil: Es un procedimiento independiente de los procesos penales, lo que significa que puede aplicarse sin necesidad de un fallo penal.

Fundamento constitucional: Se encuentra estipulado en el artículo 22 de la Constitución Mexicana, reformado en 2008 y 2019 para incluir este instrumento.

Delitos aplicables: Los bienes deben estar vinculados con delitos graves, como:

  • Delincuencia organizada
  • Narcotráfico
  • Corrupción
  • Robo de hidrocarburos
  • Secuestro
  • Trata de personas
  • Enriquecimiento ilícito

Bienes susceptibles: Pueden extinguirse bienes que:

  • Provengan de actividades ilícitas
  • Hayan sido usados para cometer delitos
  • Estén relacionados con delincuencia organizada
  • Sean utilizados para encubrir recursos ilícitos

Carga de la prueba: El Estado debe demostrar la relación entre los bienes y las actividades ilícitas, aunque el propietario puede defenderse y probar su legalidad.

Destino de los bienes: Los bienes recuperados son administrados por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), y los recursos obtenidos pueden destinarse a programas sociales, víctimas del delito o necesidades del gobierno.

Objetivo: Busca debilitar las finanzas del crimen organizado y la corrupción, limitando su capacidad operativa.

No es la primera ocasión que la Plaza Izazaga 89 es intervenida; el pasado 11 de julio se llevó a cabo un operativo similar, también relacionado con la venta de productos sin autorización por parte de los comerciantes.