Mujer ataca con gas pimienta a un hombre... ¡Por no cederle el asiento!

La agresora fue detenida y presentada ante el ministerio público
La agresora fue detenida y presentada ante el ministerio público
En el paradero de Pantitlán.La agresora fue detenida y presentada ante el ministerio público
Especial
Nación321
2024-08-29 |08:07 Hrs.Actualización08:07 Hrs.

¡Pero qué agresividad!

Una mujer fue detenida en el paradero de Pantitlán, por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, por agredir con con gas pimienta a un hombre que se negó a cederle su asiento en el transporte público.

Los hechos ocurrieron cuando los oficiales de la Policía Bancaria realizaban su recorrido de vigilancia por dicho paradero, ubicado en el cruce de las avenidas Río Churubusco y Miguel Lebrija, en la colonia Adolfo López Mateos y fueron requeridos por una mujer, quien les informó que, momentos antes, otra ciudadana  le roció gas pimienta a su hermano de 48 años, luego de que sostuvieron una pelea por un asiento en el camión.

Al contar con las características de la probable agresora, los efectivos iniciaron a la búsqueda de la agresora, hasta que la interceptaron en las inmediaciones del paradero y tras una revisión realizada conforme a los protocolos de actuación policial, le hallaron una lata de gas color negro.

Por este motivo detuvieron a la mujer de 30 años de edad, y previo la lectura de sus derechos constitucionales, y a petición de los denunciantes, la pusieron a disposición ante el agente del Ministerio Público, quien definirá su situación legal e iniciará la carpeta de investigación del caso.

Es importante destacar que este tipo de agresión está señalada en el Código Penal para la Ciudad de México (publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de julio de 2002) en su título Décimo Séptimo Delitos Contra la Seguridad colectiva capítulo I portación, fabricación e importación de objetos aptos para agredir, el cual señala en su Artículo 251:

“A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, atendiendo a las referencias de tiempo, modo y lugar, se le impondrá prisión de tres meses a tres años o de noventa a trescientos sesenta días de multa.