Cuando llegan las festividades en la Ciudad de México, las autoridades implementan medidas en contra del consumo excesivo de bebidas alcohólicas durante los días de celebración como la Semana Santa.
La famosa Ley Seca, que es una prohibición temporal de la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes, se aplica este 2025 en varias alcaldías de la Ciudad de México y en otros municipios del Estado de México,
Cabe recordar que dicha suspensión no se llevará a cabo en todas las alcaldías ni en todas las localidades de la zona conurbada, por lo que te diremos en dónde y en qué horarios se pondrá se marcha, así como cuáles son las multas y sanciones por infringir esta ley.
¿En qué alcaldías de la CDMX habrá Ley Seca?A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y la Asociación Mexicana de Restaurantes (AMR), también se difundió en qué alcaldías aplicaría la ley seca para este fin de semana, que son
- Magdalena Contreras – Desde las 00:00 horas del jueves 17, hasta las 23:59 horas del sábado 19 de abril
- Gustavo A. Madero – De las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días 17 y 18 de abril
- Venustiano Carranza – De las 00:00 horas a las 23:59 durante los días 17, 18, 19 y 20 del mes de abril
- Cuajimalpa – A partir de las 00:00 horas del jueves 17 y hasta las 23:59 horas del domingo 20 de abril
- Iztapalapa – De las 00:00 horas a las 23:59 horas durante los días 17 y 18 de abril en la zona conocida como 8 barrios
- Tláhuac – De las 00:00 horas a las 24:00 horas
¿Cuáles son las multas por no cumplir con la Ley Seca en CDMX?
Las sanciones por ‘romper’ con la Ley Seca en la Ciudad de México van desde la multa económica, hasta el arresto y detención en el temido ‘Torito’, es decir, el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social del Gobierno capitalino.
De acuerdo con los Artículos 63 y 66 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, para los dueños de los locales que incumplan con la media se aplicará:
Cuando se detecte la expedición o venta de bebidas alcohólicas en contravención de lo dispuesto por esta ley, la Autoridad levantará un inventario y asegurará de manera inmediata las bebidas de que se trate.
Se sancionará con el equivalente de 351 a 2 mil 500 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente: de 39 mil 712.14 a 282 mil 850 pesos
Importante. El valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2025, es de 113.14 pesos.
Mientras que las personas que adquieran las bebidas alcohólicas durante su restricción serán acreedoras a:
Una multa equivalente de 21 a 30 Unidades de Medida (de 2 mil 375.94 a 3 mil 394.2 pesos), o arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.