¿Cómo puedo activar mi buzón tributario del SAT? Así lo puedes dar de alta, paso a paso

Paso a paso.Te contamos cómo puedes activar tu buzón tributario

¿No has activado tu buzón tributario? No te preocupes, en Nación321 te decimos cómo darlo de alta.

Hace unas semanas se anunció que contar con este requisito tendría un tono de obligatorio, a partir del 1 de enero del 2025, de lo contrario impondría una multa de más de 11 mil pesos.

Sin embargo, este lunes la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) informó que habrá una prórroga para cumplir con este requisito, por lo que tendrás que tenerlo activo, como máximo, para el 1 de enero del 2026.


Sin embargo, hay dudas de cómo activar este servicio que será obligatorio. Si eres de las persona que no sabe cómo hacerlo, te damos el paso a paso:

Ingresa a la página oficial del SAT: www.sat.gob.mx y selecciona el botón “Buzón Tributario”, ubicado en la parte superior derecha del portal.

  • - Una vez que abra el micrositio, debes ingresar tus datos: RFC, Contraseña y e.firma
  • - El sistema validará tus datos
  • - Accederás a “Habilita tu buzón”
  • - Captura tus datos: dirección de correo electrónico, número de celular que desees registrar, oprime “aceptar”
  • - Se habilitará el botón “Acuse de registro”, dar clic
  • - El sistema te indicará que tus datos han sido validados
  • - Te mandarán un folio con el que han sido validados tus datos y tu alta estará concluida

¿Quiénes deben dar de alta el Buzón Tributario?

La activación del Buzón Tributario es obligatoria para todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), excepto en ciertos casos específicos.

Las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica registrada o con estatus suspendido pueden optar por no habilitar esta herramienta. Asimismo, las personas morales con situación fiscal suspendida también tienen esta opción.

En el caso de las personas físicas que tributan bajo el Régimen de Ingresos por Salarios o por servicios personales subordinados, pueden optar por no activarlo si sus ingresos anuales no excedieron 400 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.

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