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SAT posterga multas por no dar de alta el buzón tributario; ¿hasta cuándo tengo?

Prórroga.Ahora tendrás hasta enero del 2026 para poner en orden el alta de tu buzón tributario

¿No has activado el buzón tributario? Esta información definitivamente te interesa.

El Buzón Tributario es un servicio que permite la comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los contribuyentes. A través de este canal, se notifica a los contribuyentes actos administrativos, y da respuesta a solicitudes, promociones o consultas hechas por la ciudadanía.

Lo puede utilizar cualquier persona, física o moral, que tenga la necesidad de realizar trámites ante el SAT y desee hacerlo con facilidad desde la comodidad de su casa u oficina.


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Hace unas semanas se anunció que contar con este requisito tendría un tono de obligatorio, a partir del 1 de enero del 2025, de lo contrario impondría una multa de más de 11 mil pesos.

Sin embargo, este lunes la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) anunció que habrá una prórroga para cumplir con este requisito.

“Para los efectos del artículo 113-G, fracción II de la Ley del ISR y de la regla 3.13.32., el cumplimiento de la obligación de contar con buzón tributario habilitado, será aplicable a partir del 1 de enero de 2026”, informó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF).

Ahora ya lo sabes... tienes 12 meses para darlo de alta, sin embargo, te recomendamos no prolongar más este trámite, ya que es necesario para los contribuyentes.

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