El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un aviso dirigido a los clientes de diversas instituciones financieras, incluyendo BBVA, Banamex y Santander, con el objetivo de alertar sobre posibles sanciones económicas derivadas de ciertas operaciones relacionadas con los ingresos de los contribuyentes.
Uno de los puntos clave señalados es el cuidado que deben tener los usuarios al realizar depósitos frecuentes en sus cuentas bancarias personales. Estas transacciones podrían ser interpretadas como un aumento en los ingresos mensuales del titular, lo que podría derivar en discrepancias fiscales.
El SAT subrayó que tales movimientos pueden ser objeto de revisión para determinar el origen de los fondos, especialmente si superan ciertos montos establecidos por la ley.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), los bancos están obligados a reportar al SAT cuando una cuenta registra depósitos en efectivo que exceden los 15 mil pesos mensuales. Aunque exceder este límite no es ilegal, sí genera un reporte que podría activar una revisión fiscal si no se justifica adecuadamente el origen del dinero.
Para evitar sanciones, el SAT exhorta a los contribuyentes a respaldar sus operaciones financieras con documentación que acredite la procedencia de los fondos. Entre los documentos recomendados se incluyen:
- Estados de cuenta bancarios que reflejen los movimientos realizados.
- Comprobantes de transferencia o cheques, según corresponda.
- Documentos que acrediten el origen legítimo de los depósitos.
- Papeles de trabajo que expliquen el contexto fiscal de las transacciones.
El organismo fiscal destaca que estas medidas buscan prevenir la evasión fiscal y garantizar la transparencia en los ingresos declarados.
Si los contribuyentes cuentan con la documentación necesaria, no tendrán que preocuparse por superar los límites establecidos. Sin embargo, la ausencia de dichos comprobantes podría resultar en multas u otras sanciones. Por ello, se recomienda actuar con prudencia y familiarizarse con las normativas fiscales aplicables.