La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que obliga a Ticketmaster a informar de manera clara y precisa las condiciones relacionadas con la compra de boletos.
El caso tiene su origen en marzo de 2022, cuando Jesús Manuel Soledad Terrazas, un abogado, adquirió boletos VIP para el festival Tecate Pa’l Norte a través de una tarjeta de crédito, utilizando la modalidad will call, que permite recoger las entradas en un punto de venta físico. Sin embargo, al intentar obtener los boletos, se le exigió presentar la misma tarjeta con la que realizó la compra, un requisito que no había sido comunicado de forma clara en el portal.
Además, en el módulo de recolección, se le informó que debía pagar una comisión de 10 pesos por cada boleto impreso, un detalle que tampoco había sido previamente especificado. Cuando el banco rechazó la transacción, se negó la posibilidad de utilizar otro método de pago, argumentando que la tarjeta original era indispensable.
Frente a estas irregularidades, Soledad Terrazas demandó a Ticketmaster, exigiendo el reembolso del costo de los boletos, el pago de intereses, así como compensaciones por daño moral y daños punitivos. Aunque los tribunales en primera y segunda instancias fallaron a favor de la empresa, argumentando que las políticas estaban publicadas en su página web, el abogado presentó un amparo.
La ministra Margarita Ríos Farjat, quien estuvo a cargo del proyecto, subrayó que el consumidor se encontraba en desventaja al no participar en la elaboración del contrato de adhesión, lo que le impedía conocer plenamente las cláusulas del servicio. “El hecho de que las políticas de compra estén publicadas en alguna sección de la página del proveedor no satisface la obligación de informar de manera clara y precisa sobre las condiciones del servicio”, señaló en su resolución.