¿Qué es el acarreo y cómo se identifica? Aquí te explicamos

Acarreo.Se castiga con 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a 3 años, a quien solicite votos por paga
(Especial Nacion321)

La presidenta Claudia Sheinbaum organizó otro evento masivo en el Zócalo de la Ciudad de México para abordar la pausa de los aranceles por parte de Estados Unidos, y se congregaron más de 350 personas.

En este sentido, muchos medios de comunicación e integrantes de la oposición acusaron “acarreo”, ante la presencia de decenas de camiones en el primero cuadro de la ciudad.

Pero a todo esto, ¿qué es el “acarreo”? En Nación321 te explicamos.


En palabras de Sheinbaum Pardo, acarreo es “que a la gente le des dinero o algo a cambio de asistir a un evento, a eso se le llama acarreo. O forzarlos porque ‘te voy a correr si no vas al evento’”.

De acuerdo con la Real Academia de la Lengua Española (RAE), en su Diccionario de Americanismos, acarreo es:

“Transporte de personas en autobuses para que participen en una manifestación o para que voten”.


En tanto, el Diccionario Electoral del Instituto Nacional de Estudios Políticos A.C (INEP) refiere que el acarreo electoral, y el fenómeno de los acarreados, quizás sea la práctica antidemocrática de mayor arraigo en México, y tiene como propósito asegurar el voto de electores “cautivos”.

“Consiste en llevar bajo presión u otro estímulo a uno o varios ciudadanos para que voten o externen apoyo absoluto por un candidato o partido determinado. Las personas objeto de acarreo suelen ser ignorantes, marginadas y despolitizadas, por lo que pueden ser transportadas a las casillas por sometimiento o gratitud a sus líderes, o bien a cambio de algún obsequio o diversión que altere de manera momentánea sus precarias y monótonas vidas”, agrega la organización.

“El acarreo es una práctica política propia de los sistemas políticos autoritarios en donde los partidos oficialistas se valen de sus clientelas para mantenerse en el poder”, consideran.

¿CÓMO SE IDENTIFICA EL ACARREO?

El INEP señala que durante las jornadas electorales el acarreo es fácil de identificar, pues en los eventos es evidente la presencia de autobuses y camionetas con gran número de personas de bajo nivel socioeconómico.

“Es de suponerse que los electores transportados por el acarreo, no pertenecen a la sección o distrito electoral en que sufragarán, ya que su casilla estaría instalada en las cercanías de su domicilio, de modo que no requerirían ese transporte. Además, es probable que encubra el manejo del padrón con relleno de electores de otras secciones, distritos o localidades electorales. Este aumento de electores que habrán de sufragar por el candidato del partido que acarrea puede modificar el resultado de la votación”, añade.

¿CÓMO SE CASTIGA EL ACARREO?

La Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE) dice que se castiga con una pena de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza.

También se sanciona a quien presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.

Si la conducta especificada es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista, de acuerdo con el Artículo 7 de la LGMDE.

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