Este fin de semana una tragedia ocurrió en un festival musical en la Ciudad de México: dos fotógrafos que cubrían el evento murieron aplastados por una estructura del mismo evento, llamado AXE Ceremonia.
La muerte de los comunicadores Berenice Giles y Miguel Hernández ya es investigada por la Fiscalía General de Justicia de la CDMX. Sin embargo, este lamentable suceso provocó cientos de cuestionamientos entre internautas.
Una de estas dudas fue cómo se podía obtener una indemnización en muerte relacionada con las actividades laborales. Aquí en Nación321 te damos datos útiles.
Además de la pérdida, las familias deben enfrentar trámites legales y administrativos para reclamar sus derechos.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, un riesgo de trabajo es todo accidente o enfermedad que ocurra con motivo del trabajo. Si la persona fallece a causa de uno, sus beneficiarios pueden reclamar una indemnización y otras prestaciones, ya sea que estuviera registrada ante el IMSS o no.
¿QUÉ PASA SI LA PERSONA TRABAJADORA NO ESTABA REGISTRADA EN EL IMSS?
Si la persona fallecida no estaba registrada en el IMSS, el patrón es responsable de cubrir directamente una indemnización, que incluye:
- Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios.
- 5 mil días de salario como indemnización por muerte.
Pago de prestaciones laborales pendientes, como aguinaldo, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional, salarios devengados y prima de antigüedad.
Plazo para reclamar: Tienes dos años a partir del fallecimiento para solicitar esta indemnización.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios? Según el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, pueden reclamar la indemnización:
- La viuda o viudo legal.
- Hijos menores de 16 años (o mayores si tienen discapacidad del 50% o más).
- Padres si dependían económicamente del trabajador.
- Concubina o concubinario (si vivieron juntos 5 años o tuvieron hijos).
- En ausencia de familiares directos, otras personas dependientes económicamente o, en último caso, el IMSS.
Si la persona fallecida estaba asegurada por el IMSS, los beneficiarios pueden solicitar:
- Ayuda para gastos funerarios: Equivalente a dos meses del salario mínimo en CDMX.
- Plazo para solicitar: 1 año.
- Pensión de viudez, orfandad o para ascendientes: No se requieren semanas de cotización si el fallecimiento fue por riesgo de trabajo.
Debe presentarse el dictamen ST-3 de defunción por riesgo de trabajo.
¿Qué otras prestaciones pueden reclamar los beneficiarios?
Ante la empresa:
- Salarios pendientes de pago.
- Aguinaldo y vacaciones no pagadas.
- Prima de antigüedad.
- Beneficios adicionales por contrato colectivo (fondo de ahorro, seguro de vida, etc.).
- Plazo para reclamar: 1 año desde la fecha de fallecimiento.
Del INFONAVIT:
- Retiro del fondo de ahorro (si se generó entre 1972 y 1992).
- Cancelación del crédito hipotecario si el trabajador tenía uno activo.
- Plazo para reclamar: 5 años.
De la AFORE (SAR):
- Devolución de aportaciones del periodo 1992-1997.
- Subcuentas de retiro, cesantía, vejez y vivienda.
- Plazo para reclamar: 10 años.
¿Qué es un juicio de designación de beneficiarios?
Este juicio se realiza ante tribunales laborales federales cuando los beneficiarios deben demostrar su vínculo con la persona fallecida para recibir las prestaciones.
Aplica tanto si el trabajador falleció en activo como si ya no laboraba al momento del deceso.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) brinda asesoría gratuita a personas beneficiarias en casos de muerte por riesgo de trabajo. Ofrece:
- Orientación sobre tus derechos.
- Representación jurídica en juicios laborales.
- Acompañamiento desde la demanda hasta la resolución del juicio.
Documentos necesarios en tu primera visita a PROFEDET:
- Identificación oficial.
- Acta de defunción del trabajador.
- Últimos recibos de salario.
- Otros documentos relacionados con la relación laboral.
Dirección en CDMX:
Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.
En el resto del país:
Oficinas dentro del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Ya sea ante el IMSS, la empresa o instituciones como el INFONAVIT y AFORE, los beneficiarios tienen el derecho de reclamar las prestaciones e indemnizaciones correspondientes. PROFEDET está para ayudarte, sin costo alguno, a ejercer esos derec