5 pasos para que las trabajadoras del hogar tengan Seguro Social en el IMSS

Las personas que realizan labores domésticas tienen derechos como cualquier otro trabajador
Las personas que realizan labores domésticas tienen derechos como cualquier otro trabajador
Limpieza.Las personas que realizan labores domésticas tienen derechos como cualquier otro trabajador
Especial
Nación321
2019-08-29 |20:45 Hrs.Actualización20:45 Hrs.
CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque este es un derecho para todos los trabajadores

Las personas que trabajan de entrada por salida, de planta o que pernocten como trabajadores y trabajadoras del hogar podrán disfrutar de los beneficios de tener seguridad social ante el IMSS. 

Esta medida ya está disponible en el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador y para ello el Instituto Mexicano del Seguro Social, cuyo director es Zoé Robledo, puso a disposición de los patrones y de las y los trabajadores del hogar una página que permite hacer el registro en cinco pasos. 

Aquí en Nación321 te explicamos paso a paso cómo se obtiene este beneficio, mismo que se puede hacer tanto en la subdelegación que corresponda al domicilio de la persona trabajadora del hogar, como en el portal del IMSS. En esta liga puedes ver las subdelegaciones que te quedan más cerca

Te dejamos un video que resume los pasos que leerás a continuación. 

PASO 1

Obtener el Número de Seguridad Social (NSS) de la persona trabajadora del hogar.

Esto lo puedes hacer en las subdelegaciones llevando la Clave Única de Registro de Población (CURP), una identificación oficial y tu acta de nacimiento.

Si lo haces por internet solo necesitas tu CURP y un correo electrónico. Regístrate desde este enlace.

PASO 2

Solicitud de aseguramiento. 

Si acudes personalmente a la subdelegación o en el portal del IMSS, necesitas en ambos casos lo siguiente:

-Nombre de la persona trabajadora del hogar.

-Número de Seguridad Social de la persona trabajadora del hogar (lo obtuviste en el paso previo).

-Domicilio de la persona trabajadora del hogar.

-Nombre del o de los patrones.

-Domicilio del o de los patrones.

PASO 3

Generar su línea de captura para pago. 

Si el trámite lo haces personalmente o en internet necesitas lo siguiente:

-Indicar el salario mensual de la persona trabajadora del hogar.

-Señalar cuantos días labora con cada patrón*.

-El sistema generará el comprobante de pago para el patrón.

-El sistema te dará la línea de captura para que puedas realizar el pago correspondiente.

*En función de los días laborados es la proporción correspondiente a cubrir por cada patrón.

PASO 4

Realizar pago.

Si se realiza el trámite de manera presencial el pago se realiza en una ventanilla bancaria. Si el trámite es por internet se realiza en el portal de tu banco.

El pago de tus cuotas es por mes adelantado y se tiene hasta el día 20 de cada mes para realizarlo, con ello se podrá gozar durante el siguiente mes de los derechos y prestaciones que ofrece el IMSS. La institución aclara que si el día 20 es inhábil la fecha límite de pago será el día hábil siguiente.

PASO 5

Registrarse en la clínica.

A partir del día primero del mes siguiente al pago realizado, las personas trabajadoras del hogar pueden darse de alta de manera presencial en la clínica que les corresponda a su domicilio, o bien a través del portal de internet o la aplicación del IMSS Digital.

Si lo haces presencial debes llevar los siguientes documentos para corroborar la información: 

- Clave Única de Registro de Población (CURP)

- Identificación oficial.

- Comprobante de domicilio.

- Correo electrónico.

- Número de Seguridad Social (NSS).

- Fotografía infantil.

En cambio, si la alta es por internet solo necesitas tu CURP, correo electrónico y código postal. Aunque te recomendamos acudir a la clínica que te corresponda. 

La prueba piloto del IMSS es voluntaria, por tanto no se puede obligar en este momento al empleador a cubrir la cuota. Y se debe de hacer el pago cada mes, para ello debe obtener el documento para pago. 

¿Qué beneficios obtendrá la persona asegurada? 

Tendrá el seguro de enfermedades y maternidad, lo que significa asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria para el trabajador o su familia. Asimismo, tiene derecho al seguro por riesgo de trabajo, al seguro por invalidez y vida, así como el seguro de retiro y guarderías. 

Cualquier otra duda puedes comunicarte al 01 800 623 23 23.