CNDH emite recomendación al INM por deportar a 4 cubanos refugiados en México

La CNDH indicó que a la familia no se le garantizó su derecho a la audiencia
La CNDH indicó que a la familia no se le garantizó su derecho a la audiencia
Señalamiento.La CNDH indicó que a la familia no se le garantizó su derecho a la audiencia
Cuartoscuro
Nación321
2023-05-05 |15:51 Hrs.Actualización15:50 Hrs.

Luego de que diera a conoce la deportación de cuatro cubanos a su país de origen y que contaban con condición de refugiados en México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Nacional de Migración (INM) por considerar que se violaron sus derechos humanos. 

En el documento, la dependencia señaló que "la autoridad responsable omitió corroborar los documentos presentados por las cuatro víctimas o realizar una entrevista mucho más profunda y minuciosa con la cual tener elementos para determinar su situación" migratoria. 

La protectora de los derchos humanos recordó que  el 1 de diciembre de 2022 recibió un escrito de queja de una de las víctimas, quien señaló que el 8 de noviembre de 2022, en compañía de sus padres y su hermana, viajaba a bordo de un autobús de línea con destino a la Ciudad de México. 

En el tramo carretero La Venta-Villahermosa, Tabasco, los aseguró personal del INM, por lo que, en sus teléfonos, mostraron sus constancias de reconocimiento de la condición de refugiados emitidas por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), pero los elementos de Migración les dijeron que eran falsos. 

Y para el 9 de noviembre de 2022, "la familia fue presentada y alojada en la EM-Villahermosa, sin agregar, durante la puesta a disposición, alguna mención acerca de los documentos exhibidos por las víctimas, y donde se les radicaron sus respectivos Procedimientos Administrativos Migratorios, omitiendo consultar con la COMAR, por lo que, el 17 de noviembre, se deportó a Cuba a las cuatro personas".

Por lo anterior, indicó "se debieron otorgar las condiciones necesarias para que las personas agraviadas pudieran interponer los recursos o juicios que fueran procedentes, ante la retención y posterior deportación a su país de origen de la cual fueron objeto, sin que se les garantizara su derecho de audiencia de manera adecuada y así poder defenderse de dichos actos. Con ello se violento su derecho al debido proceso".