Despenalización del aborto: así avanza la marea verde en México

La entidad más reciente en dejar de considerar el aborto como un delito es Baja California Sur
La entidad más reciente en dejar de considerar el aborto como un delito es Baja California Sur
MapaLa entidad más reciente en dejar de considerar el aborto como un delito es Baja California Sur
Especial
Alexis Pérez Cerino
2022-06-02 |20:11 Hrs.Actualización20:11 Hrs.


En México sólo diez de los 32 estados han aprobado la interrupción legal del embarazo, esto pese a que la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) estableció en 2021 que el aborto en el país debe ser legal, gratuito y seguro para todas las personas con capacidad de gestar.

La entidad más reciente en dejar de considerar el aborto como un delito es Baja California Sur. 

Sin embargo, mientras algunos estados se suman a los criterios establecidos por la Corte al despenalizar el aborto, otros han optado por enviar las iniciativas a la 'congeladora' o desecharlas tras cerradas votaciones en los Congresos.

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Hasta el momento así es como avanza la marea verde en el país según datos de la Alianza Nacional por el Derecho a Decidir.

CDMX (2007)

En 2007 la Ciudad de México se convirtió en la primera entidad de México en aprobar la interrupción legal del embarazo. Desde entonces, en la capital se permite el aborto antes de las primeras 12 semanas de gestación por las siguientes causas:

- Libre elección de la mujer.

- Violación.

- Inseminación artificial no consentida.

- Peligro de muerte.

- Aborto involuntario por accidente.

- Malformaciones congénitas graves.

OAXACA (2019)

Una década después de la Ciudad de México, legisladores de Oaxaca modificaron sus leyes en 2019, convirtiéndose de esta manera en la segunda entidad que suprimió del Código Penal la pena de cárcel a parteras o médicos que practican el aborto.

Las causales que se establecieron son estas:

- Libre decisión de la mujer.

- Violación.

- Malformaciones congénitas graves.

- Por asuntos de salud.

- Inseminación artificial no consentida.

- Aborto imprudencial.

- Riesgo para la vida de la mujer.


HIDALGO (2021)

Dos años más tarde y tras un intento fallido en 2019, el Congreso de Hidalgo retomó una iniciativa en la que se incluyó, entre otras causales, la libre decisión de la mujer para recurrir al aborto.

El Código Penal permite las estas causales:

- Libre decisión de la mujer.

- Violación.

- Salud de la mujer.

- Riesgo para la vida de la mujer.

- Malformaciones congénitas graves.

- Inseminación artificial no consentida.

- Aborto imprudencial.

VERACRUZ (2021)

En junio de 2020 Veracruz eliminó las medidas educativas y de salud que se imponían como penas en lugar de la prisión para quienes abortaban.

Tras la aprobación, la interrupción se permite en estos supuestos:

- Libre decisión de la mujer.

- Violación.

- Salud de la mujer.

- Riesgo para la vida de la mujer.

- Malformaciones congénitas graves.

- Inseminación artificial no consentida.

- Aborto imprudencial. 

COAHUILA (2021)

A diferencia del resto de los estados, en Coahuila fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien declaró inconstitucional la criminalización del aborto tras una sentencia en la que afirmó que la medida vulnera el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.

La Corte fijó un precedente histórico porque, al aprobar el proyecto y establecer jurisprudencia, ordenó que ningún juez pueda dictar sentencia contra quien haya decidido abortar.


Además, el gobierno del estado aseguró que acataría la resolución y ordenaría la liberación inmediata de las mujeres recluidas por abortar.

BAJA CALIFORNIA (2021)

En la entidad el aborto es legal desde que el Congreso eliminó la criminalización en octubre del año pasado. Ahora se permite la interrupción en estos supuestos.

- Libre decisión de la mujer.

- Violación.

- Riesgo para la vida de la mujer.

- Inseminación artificial no consentida.

- Aborto imprudencial. 

COLIMA (2021)

En la entidad prevalece una reforma para proteger la vida desde el momento de la concepción, pero eso no limita la interrupción del embarazo bajo siete premisas.

- Libre decisión de la mujer.

- Violación.

- Salud de la mujer

- Riesgo para la vida de la mujer.

- Inseminación artificial no consentida.

- Aborto imprudencial. 

- Malformaciones congénitas graves.

SINALOA (2022)

El estado fue el sexto en despenalizar el aborto por la vía legislativa y alargó el periodo permitido hasta las 13 semanas de gestación. Sin embargo, Sinaloa únicamente permite tres causas para recurrir a la interrupción.

- Violación.

- Riesgo para la vida de la mujer.

- Aborto imprudencial.


GUERRERO (2022)

En mayo, Guerrero se sumó a la marea verde y modificó sus leyes para respaldar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo.

La norma anterior penalizaba de uno a tres años de prisión a la persona que realiza el aborto a la mujer. Actualmente, también se quitó el requisito de promover una denuncia en caso de una violación.

Con ello, en la entidad se puede abortar por los siguientes motivos.

- Libre elección de la mujer.

- Violación.

- Salud de la mujer.

- Inseminación artificial no consentida.

- Aborto involuntario por accidente.

- Malformaciones congénitas graves.


BAJA CALIFORNIA SUR (2022)

Esta semana, el Congreso despenalizó el aborto para que las mujeres puedan tener acceso a la interrupción del embarazo de forma segura y gratuita hasta la semana 12 de gestación.

De acuerdo con lo avalado por los legisladores locales, no son necesarias las causales de violación o riesgo de la salud.

El aborto después de la semana 12 sigue siento castigado con hasta 60 días de trabajo comunitario.

HAN RECHAZADO LA INTERRUPCIÓN

Algunos estados que han tenido la oportunidad de discutir la despenalización del aborto pero sus legisladores no lo aprobaron tras cerradas votaciones, este fue el caso de Puebla, San Luis Potosí, Guanajuato y Michoacán.

En esos estados y en aquellos donde el Congreso no ha buscado la interrupción legal del embarazo se siguen aplicando las causales reconocidas en el país para no considerar el hecho como un delito.

- Producto de una violación.

- Cuando está en riesgo la salud de la mujer.

- Malformación congénita.

- Aborto imprudencial.

- Economía precaria.

- Inseminación artificial no consentida.


PENAS MÁS COMUNES EN ESTADOS

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), desde el 2014 el aborto se clasifica como no grave, por lo que las personas pueden enfrentar su proceso en libertad, previo pago de una fianza. 

Sin embargo, en algunas entidades las penas privativas van desde los 15 días hasta los seis años, además de multas, trabajo comunitario y hasta tratamientos médicos. 

El GIRE incluso menciona que en lugares como Aguascalientes existe una pena de reparación del daño. Esto, asegura la organización, se traduce en una sanción cuestionable porque "supone que el aborto provocado puede causar una afectación a personas más allá de la propia mujer".

Las sanciones, multas y penas más comunes por abortar en México son las siguientes:

- Prisión de 15 días a seis años.

- Jornadas de trabajo comunitario.

- Multas de 20 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA)

- Reparación del daño.

- Medidas alternativas de reparación.

- Tratamientos médicos.

Las penas que son impuestas para las mujeres y personas gestantes también aplican, en la mayoría de los estados, para el personal médico y personas que auxilien en el aborto, según el GIRE.