Esto es lo que SÍ y lo que NO puedes hacer en semáforo rojo en CDMX y Edomex

La CDMX y el Edomex se declararon en semáforo rojo por aumento de contagios y muertes debido al COVID-19
La CDMX y el Edomex se declararon en semáforo rojo por aumento de contagios y muertes debido al COVID-19
Alerta.La CDMX y el Edomex se declararon en semáforo rojo por aumento de contagios y muertes debido al COVID-19
Especial
Nación321
2020-12-19 |09:59 Hrs.Actualización09:59 Hrs.


CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque ambas entidades están superando sus picos de hospitalización 

La pandemia de COVID-19 ha afectado fuertemente a nuestro país, especialmente a la zona del Valle de México, conformada por la Ciudad de México y el Estado de México.

Por ello se suspenderán las actividades no esenciales durante tres semanas, iniciando el sábado 19 de diciembre y hasta el 10 de enero de 2021, señaló el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell.

Las actividades que se mantendrán en este tiempo son:

Las actividades que continuarán operando son:

1. Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México

2. Sector farmacéutico

3. Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención

4. Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales

5. Elaboración y venta de pan

6. Tortillerías

7. Abarrotes, misceláneas y recauderías

8. Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores; con excepción de los que se encuentran ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México

9. Veterinarias y venta de alimento para animales

10. Lavanderías

11. Tintorerías

12. Jarcierías

13. Servicios de mudanza

14. Servicios de mantenimiento

15. Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud

16. Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)

17. Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos)

18. Servicios notariales

19. Sector energético

20. Generación y distribución de agua potable

21. Industria de alimentos y bebidas

22. Mercados

23. Supermercados

24. Tiendas de autoservicio

25. Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría

26. Producción agrícola, pesquera y pecuaria

27. Agroindustria

28. Industria química

29. Servicios de mensajería y comercio electrónico

30. Servicio postal

31. Seguridad privada

32. Asilos y estancias para personas mayores

33. Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos

34. Telecomunicaciones y medios de información

35. Servicios de emergencia

36. Verificentros

37. Servicios funerarios y de inhumación

38. Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales;

39. Talleres mecánicos

40. Refaccionarias

41. Manejo de residuos sólidos;

42. Industria de la construcción

43. Minería

44. Industria manufacturera

45. Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio

46. Hoteles con un aforo máximo de 30% y únicamente con servicio de hospedaje. Dicho porcentaje de aforo no aplica para hospedaje de personal de salud, refugiados o migrantes que estén por convenio con organismos internacionales

47. Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad de México.

ACTIVIDADES QUE CIERRAN

*Museos

*Cines

*Teatros

*Restaurantes con modalidad de comer en el lugar 

* Durante semáforo rojo no se pueden hacer reuniones, fiestas, posadas o actividades donde se aglomeren muchas personas.

*Oficinas de gobierno y privadas deberán permanecer cerradas. 

* Actividades turísticas quedan suspendidas.