Jueces sin rostro: La apuesta de la reforma judicial con antecedentes de fracaso

La figura de los jueces sin rostro podría violar los derechos humanos, según expertos
La figura de los jueces sin rostro podría violar los derechos humanos, según expertos
Reforma al Poder Judicial.La figura de los jueces sin rostro podría violar los derechos humanos, según expertos
Especial
Axl Chimal
2024-09-05 |21:50 Hrs.Actualización21:50 Hrs.

La reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) avanza. Pese a las marchas, movilizaciones, denuncias y hasta sentencias, los legisladores pertenecientes a la Cuarta Transformación  están cercanos a aprobar este proyecto , que cambiará la forma de elegir los jueces... incluso si no se sabe quiénes son. 

Además de la polémica propuesta sobre escoger a los integrantes del PJF vía voto popular, hay otra que encendió las alertas de abogados, activistas y de la sociedad civil: incluir la figura de 'jueces sin rostro'. 

Fue el pasado 27 de agosto, los legisladores de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó incluir esto en el proyecto de reforma al Poder Judicial en el artículo 20 constitucional, el cual busca proteger a los jueces, manteniéndolos en el anonimato cuando les sean asignados temas con el crimen organizado. 

¿Pero qué puntos a favor o en contra se pueden destacar de este punto en la reforma? Te lo contamos.


JUECES SIN ROSTRO, UNA INICIATIVA CON ANTECEDENTES DE FRACASO

En entrevista con Nación321, expertos coincidieron en que el 'juez sin rostro' no se trata de un concepto novedoso, sino una figura antigua y con antecedentes de fracaso en los países que se ha utilizado. 

Lucía Almaraz Cázarez, académica y doctora en Derecho por el Instituto Internacional de Derecho y del Estado, consideró que en el afán de querer que pase la reforma al PJF, buscaron incluir "tópicos innovadores", sin embargo, ya se había utilizado en Italia en 1960, en Colombia en 1990, en Perú en 1992 y en México ya lo había propuesto el entonces presidente Felipe Calderón, a quien AMLO considera su adversario, sin embargo, no logró adherirla a la Constitución. 

Asimismo, la experta consideró que la figura de jueces sin rostro incluso podría utilizarse como un brazo operativo del poder político, "para que se juzgue de acuerdo a los intereses de determinados grupos en el poder" y subrayó que de aprobarse también podría violar los derechos humanos de quienes enfrenten un juicio. 

Con esto coincide, la profesora investigadora del Departamento de Políticas Públicas de la UDG, Nancy García Vázquez, quien recordó que la medida ha sido señalada por la Corte Interamericana, la cual ha pugnado porque no existan los 'jueces sin rostro', ya que la figura viola el artículo 8.1 de la Convención Interamericana, porque impide a los procesados saber quiénes son los juzgadores y por ende valorar la idoneidad y competencia de las personas que van a emitir, una sentencia y determinar si se configuran causales de acusación firmes

Agregó que esta discusión "está ignorando por completo todo el proceso que se ha venido construyendo de Justicia abierta y de Parlamento abierto, o sea, el Congreso debería ser más sensible porque llevamos un par de años pugnando por un sistema de justicia abierta y  uno de las de las características de la justicia abierta es que haya una accesibilidad de la sentencias y que uno conozca cómo se establece una sentencia y se dé una comprensión de las decisiones de las personas que están juzgando"

JUECES SIN ROSTRO Y CRIMEN ORGANIZADO

García Vázquez señaló que lo adecuado debería ser tener mecanismos para proteger a los jueces pues "me parece que si el Estado mexicano adopta esas medidas es porque está reconociendo que ya le ganó el crimen organizado, es decir, si al último eslabón de la cadena de Justicia, no puedes proteger a los juzgadores, pues entonces, prácticamente estás renunciando a la fuerza que tiene el Estado para mantener la gobernabilidad". 

Por su parte, el constitucionalista Andrés García Repper señaló que en el pasado han sido los mismos jueces quienes señalaron que necesitan herramientas de protección, por lo que consideró que la reforma no significa que se va a dejar desprotegida a la persona que va a ser juzgada, porque esta necesita saber quién es el juez.

"No es un capricho de nadie, sino es una demanda de los propios jueces en los foros, porque varios dijeron sí, ustedes se quejan de que nosotros somos corruptos o que debemos delincuentes, pero ustedes no se han puesto a pensar que también nos presionan y también recibimos amenazas", señaló.

No obstante, aseguró que es prematuro pronunciarse sobre cómo se va a implementar la figura de los jueces sin rostro, ya que todavía no se conocen los proyectos finales, además de que faltan parlamentos abiertos y que se apruebe en la Cámara de Senadores. 

¿QUÉ DICE LA REFORMA JUDICIAL SOBRE LOS JUECES SIN ROSTRO?

En el artículo 20 constitucional se busca reformar para que se adicione: 

"Tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley".

¿Tú qué opinas de la figura de los 'jueces sin rostro'? ¿Crees que favorezca a la impartición de justicia