La Suprema Corte avala cobrar IVA a la comida de tus 'perrhijos' y 'gathijos'

Los ministros consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con este porcentaje
Los ministros consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con este porcentaje
16%.Los ministros consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con este porcentaje
Cuartoscuro
David Saúl Vela
2018-11-07 |19:24 Hrs.Actualización19:24 Hrs.
CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque se estima que en México 8 de cada 10 hogares tienen una mascota

Los ministros de la Suprema Corte declararon constitucional la reforma a la ley tributaria que, a partir de enero de 2014, eliminó la tasa cero de IVA a los alimentos procesados para animales, entre ellos las mascotas domésticas.

Por ello, consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con un impuesto del 16%.

Con esta decisión, los ministros resolvieron, por cuatro votos contra uno, negar un amparo a la cadena Wal-Mart de México, quien alegó la inconstitucionalidad de la reforma de 2014.

“La voluntad legislativa de conceder el beneficio de la tasa cero, buscó en todo momento favorecer la producción y enajenación de los productos destinados a la alimentación humana, sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial", dijeron los ministros.

Explicaron que no hay excepción para ningún tipo de alimento para animales, ni siquiera para el caso de los equinos, como alegó la trasnacional.

Así que ya lo sabes, la comida para tu mascota sí podrá tener un IVA del 16%.