Desde este 23 de febrero las personas que tomen casetas y cobren dinero a los conductores de automóviles, se harán acreedores a una sanción de hasta siete años de cárcel por causar daño a las vías de comunicación, o por tomar casetas y cobrar dinero a los conductores.
Esta determinación se dio a conocer hoy mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma al primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
#22DeFebrero2022 Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.@SCT_mx
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) February 22, 2022
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El documento refiere que a los infractores en todo el país se les impondrá una sanción de tres meses a siete años de prisión y una multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Dicha multa será aplicada a quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías.
A partir de mañana, 23 de febrero, entrará en vigor un decreto que reforma la Ley de Vías Generales de Comunicación, con la que se castigará con prisión la toma de casetas o que sean utilizadas para cobrar dinero de forma extraoficial. #Paralelo23 pic.twitter.com/ja2NpEi1Zq
— Foro_TV (@Foro_TV) February 22, 2022
Asimismo, para quienes busquen obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte.
Cabe destacar que esta medida evitará que en algunas carreteras del país manifestantes levantan las plumas y pidan dinero a los conductores para dejarlos pasar.