Porque esta medida podría ayudar a mitigar el golpe económico que viene a causa del COVID-19
Diputados aprueban crear un fondo emergente de 25 mil millones de pesos para hacer frente a la pandemia del nuevo coronavirus o para cualquier contingencia sanitaria.
Esto se aprobó sin un dictamen de las comisiones legislativas, sin discusión, sin modificaciones y sin la presencia de la oposición.
Se avalaron, con 265 votos a favor y 10 en contra, reformas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a la Ley Federal de Deuda Pública, que establecen que esos recursos, que el gobierno puede o no solicitar al Congreso, se obtengan de los remanentes no ejercidos de las prerrogativas ordinarias de los partidos políticos, que hayan sido reintegrados a la Tesorería de la Federación, y que se tome de un 15 por ciento del superávit o del ahorro programado en las finanzas públicas, que este 2020 es del 0.7 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).
La iniciativa de reformas legales -que presentó la semana pasada el coordinador de Morena en San Lázaro, Mario Delgado-, no fue dictaminada por las comisiones legislativas respectivas, y por decisión de la mayoría parlamentaria de la 4T se ordenó “dispensarle todos los trámites”, por la situación de emergencia que vive el país.
Aprobamos una iniciativa para que ante emergencias sanitarias como el #COVID2019, el Gobierno pueda contar con recursos a través de un Fondo emergente para mitigar los efectos negativos que se ocasionan en la salud y la economía. @Mx_Diputados #Coronavirus pic.twitter.com/Kq0jGBFl9h
— Mario Delgado (@mario_delgado) March 18, 2020
A la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se le adicionó el artículo 37 Bis para quedar como sigue:
“Cuando durante el ejercicio presupuestal se presente una emergencia que pueda poner en riesgo a amplios sectores de la sociedad o generar graves afectaciones a la economía, el Ejecutivo federal podrá solicitar autorización al Congreso de la Unión para obtener recursos adicionales a través de una reducción de hasta el 15 por ciento de lo que represente el balance primario positivo, calculado en los Criterios Generales de Política Económica respectivos, para destinarlos al establecimiento de un fondo para la prevención y atención de la emergencia, a efecto de mitigar el impacto en la salud, la economía, la productividad, el consumo o el empleo”.
En el Artículo 10 establece que para el caso de emergencia señalado en el artículo 37 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuando el balance primario sea positivo, el Congreso de la Unión autorizará en un periodo no mayor a 5 días hábiles la solicitud del Ejecutivo federal para la obtención de recursos financieros a efecto de mitigar los impactos negativos causados a la salud, la economía, la productividad, el consumo o el empleo”.
En sus artículos transitorios precisa, en el Segundo, que “En el Ejercicio Fiscal de 2020, el Ejecutivo federal podrá enviar al Congreso de la Unión una propuesta para obtener montos adicionales de financiamiento que constituyan el Fondo a que se refiere el artículo 37 Bis de esta ley por una cantidad máxima de 25 mil millones de pesos”.