La Cámara de Diputados del Estado de México aprobó por unanimidad la denominada 'Ley Ingrid', que establece como tipo penal el delito de difusión indebida de imágenes o información de víctimas, e incorpora agravantes al Código Penal estatal, cuando sea en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres.
En las reformas al Código aparece el castigo de hasta ocho años de prisión, cuando el delito sea cometido por servidores públicos, e incorpora agravantes cuando sea en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres.
La #LXLegislaturaMexiquense aprueba sancionar con penas de tres a seis años de prisión a quien por cualquier medio comparta imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal. #LeyIngrid pic.twitter.com/CKiYlFU49O
— Legislatura Edomex (@Legismex) July 22, 2021
Al presentar el dictamen final, que concreta cuatro iniciativas de Morena, PRD y PRI, la diputada Beatriz García Villegas explicó que las reformas aprobadas establecen sanciones para las personas que de manera indebida revelen o difundan, además de imágenes, archivos o información de una carpeta de investigación en trámite.
“No se puede seguir lucrando con la dignidad y la integridad de las víctimas y sus familiares, la revictimización no puede volverse costumbre, y ser solo espectadores de lo que se comparte y difunde, se expone o se envía en cualquier medio, principalmente a través de páginas amarillistas, redes sociales, audios, imágenes y videos de cualquier mujer que ha perdido la vida como víctima de un homicidio o feminicidio”, dijo.
Con información de Eulalio Victoria*