Ley Olimpia nacional: Todo lo que debes saber de esta legislación

Las nuevas disposiciones legales contemplan sanciones más altas par quienes ejerza violencia digital
Las nuevas disposiciones legales contemplan sanciones más altas par quienes ejerza violencia digital
Ley Olimpia nacional.Las nuevas disposiciones legales contemplan sanciones más altas par quienes ejerza violencia digital
Cuartoscuro
Nación321
2021-06-01 |16:32 Hrs.Actualización16:32 Hrs.


CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque esta legislación busca castigar la violencia digital contra la mujer 

El Senado de la República aprobó este jueves la "Ley Olimpia", que tipifica y sanciona el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet o redes sociales, así como las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación. Aquí te explicamos cómo operará este ley.

¿POR QUÉ SE LLAMA LEY OLIMPIA?

La "Ley Olimpia" surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla. No se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

¿DE QUÉ VA?

El dictamen de la llamada "Ley Olimpia" reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y establece que la violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización.

En tanto, define a la violencia mediática como todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

¿QUÉ CASOS PUEDO DENUNCIAR?

Puedes denunciar si:

-Alguien graba o fotografía tu intimidad sin tu conocimiento o por medio de engaños o amenazas.

-Alguien difunde, reproduce, transmite tus contenidos íntimos (fotos, videos o audios) sin tu consentimiento.

-Alguien te amenaza con comportar dicho contenido o te extorsiona para no hacerlo.

¿CÓMO SE CASTIGAN LOS DELITOS?

El acoso, hostigamiento y difusión de este tipo de contenidos se castiga con cuatro a seis años de cárcel y tiene varias agravantes que aumentan hasta el triple de la pena. Además, la pena es mayor cuando el agresor es tu pareja o funcionario público.

¿DÓNDE DENUNCIO?

Si eres víctima de algunos de dichos delitos, puedes presentar tu denuncia ante el Ministerio Público. Este puede ordenar la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos de contenido sexual obtenidos sin el consentimiento de la persona afectada.