Morena presenta iniciativa para elegir a ministros de la SCJN por voto popular

Durarán 4 años en el cargo
Durarán 4 años en el cargo
Ministros de la Corte.Durarán 4 años en el cargo
Cuartoscuro
Nación321
2023-05-24 |13:22 Hrs.Actualización09:25 Hrs.

¡Llegó el día! La bancada de Morena en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión presentó una iniciativa para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados y jueces sean electos mediante el voto popular directo y universal. 

De acuerdo con la propuesta presentada por el diputado morenista, Manuel Alejandro Robles, la elección sería organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE), que incluiría debates entre los candidatos. El cargo será por cuatro años con opción a una reelección.

Además, contempla la creación de un consejo técnico de evaluación integrado por siete personas “de intachable calidad moral” que serán nombrados por el presidente de la República; uno por el Pleno de la SCJN, uno por el Consejo de la Judicatura Federal; uno por el Senado de la República y dos por la Cámara de Diputados.

Este comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo de ministro o ministra, seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por vacante, cuidando que se cumplan los principios de paridad de género, adultos mayores e inclusión de los grupos sociales históricamente excluidos.

Una vez que el iNE reciba la relación de candidatos a ministro o ministra para la Suprema Corte de Justicia, ordenará, en un plazo no mayor a tres meses, la organización de los comicios. 

En dicho periodo deberá también organizar por lo menos tres debates en los cuales los candidatos expondrán de cara a la ciudadanía su proyecto y plan de trabajo en caso de resultar electos.

Durarán cuatro años en el ejercicio de su encargo, en el que únicamente podrán ser ratificados por un periodo más y sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y conforme a los procedimientos que establezca la ley.

En tanto, las magistradas y los magistrados de Circuito, las Juezas y los Jueces de Distrito y los juzgadores y juzgadoras de los poderes judiciales locales deberán ser elegidos mediante el proceso descrito en el artículo 96 de la Constitución Mexicana.