El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares que la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió contra Andrés Manuel López Obrador por sus declaraciones respecto al proceso electoral de 2021.
Los magistrados estimaron que dichas expresiones no ameritan ser objeto de tutela preventiva en la vía cautelar, ya que son actos futuros de realización incierta.
Los magistrados indicaron que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral no tiene atribuciones para emitir una determinación de tutela preventiva sobre actos futuros, pues constituye un acto de censura previa que viola el principio de legalidad previsto en la Constitución Política.
"En la resolución se explica que las medidas cautelares son accesorias, y por lo tanto siempre deben ser parte de un procedimiento principal, y por lo tanto no pueden ser dictadas sobre situaciones que aún no acontecen", señalaron.
También determinaron que el presidente y su gabinete, así como gobernadores y alcaldes respeten el principio de neutralidad y las normas previstas en el artículo 134 constitucional para no intervenir en el proceso electoral.
Asimismo, determinaron establecer una medida de apremio al INE por no ajustarse a los criterios establecidos por la Sala Superior.
A inicios de este mes, las dirigencias nacionales del PAN y el PRD, así como de 12 diputadas y diputados federales de esos partidos presentaron quejas ante INE contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por su injerencia en el proceso electoral del 2021.
En sus denuncias, dichos partidos dijeron que López Obrador incurrió en promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y un llamado indebido al voto, durante una gira de trabajo por Baja California, entre el 27 y 29 de noviembre pasados.
Y agregaron que el mandatario hizo algo similar durante su conferencia del 30 de noviembre pasado.
Según la Comisión de Quejas del INE las declaraciones de López Obrador incluyeron elementos de información de índole electoral que pueden afectar la equidad o influir en las preferencias de la ciudadanía en los comicios en curso.
“El Ejecutivo Federal se pronunció sobre una posible alianza entre el PRI y el PAN, invitó a la ciudadanía a reflexionar su voto y a mantener el proyecto del gobierno en turno, lo que a juicio de las y los denunciantes viola los artículos 41 y 134 de la Constitución Política”, detalló el INE.
En la demanda, los partidos y legisladores solicitaron al INE medidas cautelares a fin de que se pueda reconvenir al Ejecutivo Federal para que deje de tener expresiones con impacto en el proceso electoral y en las preferencias del electorado.
Y el pasado 4 de diciembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedente emitir medidas preventivas para que el presidente se abstenga de realizar expresiones que resulten "ilegales" al constituir actos de intromisión electoral y de proselitismo en favor o en contra de un partido.
"La determinación adoptada no prejuzga sobre el fondo del asunto, en virtud de que ello corresponde a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)", precisó el INE.
Al respecto, AMLO explicó que el Gobierno está consultado al Poder Judicial para defender lo que llamó "su libertad de expresión" con respecto a las elecciones intermedias de 2021.
Con información de David Saúl Vela