Un insulto, reclamo o dedicatoria contará como voto válido en Coahuila

Una muestra de los votos nulos en las elecciones mexicanas pasadas.
Una muestra de los votos nulos en las elecciones mexicanas pasadas.
Los ejemplos.Una muestra de los votos nulos en las elecciones mexicanas pasadas.
Especial
Magda Guardiola
2017-05-25 |07:03 Hrs.Actualización14:31 Hrs.
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Porque al insultar a un candidato en una boleta lo estarás ayudando a ganar la elección

Insultos, obscenidades, reclamos, dibujos, dedicatorias y cualquier marca que quede dentro de un recuadro en la boleta electoral contará como voto válido en Coahuila.

Reformas a la Ley Electoral para el Estado de Coahuila restringieron el voto nulo a dejar en blanco la boleta o marcar dos candidatos o dos partidos que no vayan en alianza o coalición.

“La Ley Electoral establece como voto válido cuando el ciudadano, marca una de las opciones de la boleta, con cualquier marca; generalmente una tache, pero si hay una leyenda, una marca que abarque un recuadro o varios que vayan en alianza o coalición, se toma como voto válido”, explicó Francisco Torres Rodríguez, secretario Técnico del Instituto Electoral de Coahuila.

De acuerdo a estas reformas, los funcionarios de casilla no tiene facultades para hacer interpretación alguna sobre las marcas en las boletas; “la ley no hace ningún distingo, si la marca está dentro de un recuadro y no abarca otro que sea de plantilla contraria, lo considera válido”, subrayó el funcionario electoral.

En redes sociales circulan ejemplos de boletas electorales con obscenidades en recuadros de candidatos y leyendas que aseguran que insultar a cualquier candidato o partido lejos de restarle votos, le suma. El ejemplo invita a ejercer el derecho al sufragio con responsabilidad.

Arturo Cárdenas Román, vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Nacional Electoral delegación Coahuila, confirmó la validez del voto de acuerdo a lo establecido en la Ley Electoral para el Estado, y dijo que lo que se intenta, es consolidar el voto de calidad.

Pese a lo señalado por las autoridades electorales federales y estatales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene un criterio que contraviene lo señalado en las reformas a la Ley Electoral del Estado, pues considera como voto nulo las obscenidades, insultos, groserías, dedicatorias y leyendas, cuando están atacan a un candidato o partido, ya que es clara la manifestación del votante.

Dicho criterio entraría en uso por las representaciones legales de los partidos políticos, hasta tres días después de realizada la jornada electoral, el próximo 4 de junio; sería el recurso que engrosaría la judicialización de la elección.