Congreso de Oaxaca, el primero del país en avalar la reforma al Poder Judicial
Nadie en contra.La sesión en el Congreso local arrancó a las 5 de la mañana y duró unos minutos
Especial
Nación321
2024-09-11 |07:54 Hrs.Actualización08:18 Hrs.
Con 41 votos a favor y 0 en contra, en una sesión que arrancó a las 5 de la mañana de este miércoles 11 de septiembre y duró sólo unos minutos, el Congreso de Oaxaca avaló la reforma constitucional relativa al Poder Judicial, convirtiéndose en el primero del país en hacerlo.
En cumplimiento al artículo 135 de la Constitución, la madrugada de este miércoles el Pleno de la LXV Legislatura local sesionó para analizar, discutir y avalar la minuta con proyecto de decreto remitida por el Congreso de la Unión, por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Carta Magna, en materia de reforma al Poder Judicial.
Tras el aval, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Sergio López Sánchez, celebró que el Congreso de Oaxaca sea el primero del país en legislar para respaldar esta reforma.
“Es dar un paso firme hacia la creación de un sistema más ágil, que responda con prontitud y eficacia a las demandas de nuestros ciudadanos”, dijo.
Con la reforma aprobada se modifican 18 artículos, se adicionan seis y se derogan diversas fracciones de cinco artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la elección ciudadana de ministras y ministros de La Corte, así como magistradas, magistrados, juezas y jueces, mediante mecanismos públicos.
Además, se reducirá el número de ministros en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pasando de 11 a 9, y se acortará su periodo de encargo de 15 a 12 años.
La renovación del Poder Judicial deberá concluir en la elección federal ordinaria de 2027, de acuerdo con el Senado de la República.
¿Cuál es el camino a seguir de la reforma al Poder Judicial?
Una vez avalada en el Senado y la Cámara de Diputados, la forma al Poder Judicial deberá pasar por cada uno de los Congresos de los estados.
Esto se debe a que todas las reformas constitucionales, una vez aprobadas por ambas cámaras del Congreso de la Unión, deben pasar por los Congresos estatales y por lo menos 17 de los 32 (la mitad más uno) deben estar de acuerdo con la reforma en cuestión, y aprobarla, para que esta pueda ser oficial.
De conseguir una aprobación mayoritaria en las entidades, regresaría al Ejecutivo federal para que la firme y posteriormente se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a partir de entonces, entra en vigencia.