La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Chiapas legislar en favor de que las mujeres y personas gestantes en la entidad puedan acceder al derecho a interrumpir su embarazo.
Lo anterior, luego de que el Pleno de la Corte invalidó el artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas, reformado mediante el Decreto 184, publicado el 3 de mayo de 2023, en el cual se preveían supuestos en los cuales no era sancionable el aborto, tales como: cuando el embarazo fuera consecuencia de violación, cuando la persona embarazada corriera peligro de muerte, o cuando el producto sufriera alteraciones genéticas o congénitas.
El Pleno consideró que la disposición invalidada lastimaba los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, por no permitir la interrupción del embarazo durante la primera etapa de gestación (primeras doce semanas), aunado a que acotaba la posibilidad de realizar el aborto en supuestos muy específicos.
La resolución tendrá efectos retroactivos al momento de la entrada en vigor del precepto invalidado, es decir, al 4 de mayo de 2023, una vez que sean notificados sus puntos resolutivos al Poder Legislativo del Estado de Chiapas.
Finalmente, el Pleno instó a los legisladores chiapanecos a legislar sobre el tema a más tardar durante su próximo periodo de sesiones, una vez que sea notificado el engrose de la sentencia.