La noche de este jueves, el gobernador de Puebla, Sergio Salomón Céspedes, informó la publicación de reformas a la ley estatal para garantizar el bienestar de los animales en esta entidad.
Al informar sobre la publicación de las modificaciones a la normativa local, el gobernador indicó que se trata de un logro que no habría sido posible sin la lucha que hizo al respecto la activista Elena Larrea, quien falleció el pasado martes.
"En este momento ha sido publicado en el Periódico Oficial el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla; de la Ley Orgánica Municipal y del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla", expresó a s 20:47 de la noche.
"Es fundamental reconocer la labor incansable de Elena Larrea y la contribución de muchos colectivos para que esto fuera posible", destacó el mandatario local.
Estas son algunas de las modificaciones que se publicaron y que, por ende, entraron en vigor en la entidad:
- - Se define al animal, como el ser vivo pluricelular, sintiente, constituido por diferentes tejidos, con un sistema
nervioso especializado que le permite moverse y reaccionar de manera coordinada ante estímulos.
- Se cambia a los Centros de Atención Canina, para convertirlos en Centros de Bienestar Animal; dicha
transformación, permitirá dar una atención más amplia e integral, no sólo a las especies caninas, sino a los animales
domésticos, con un enfoque integral de atención, cuidado, manejo y alimentación.
- Se prevén como conductas de crueldad animal, los actos sexuales con animales y el envenenamiento.
- Se incluye la definición de estética canina, con el propósito de verificar el trato que se otorga a los animales.
- Se establece que corresponderá a la Secretaría de Salud, promover campañas de esterilización, debiendo contar
con personal capacitado e indispensable para resguardar a los animales durante el procedimiento.
- Se establece que corresponderá a la Secretaría de Educación, implementar al interior de los centros educativos
del Estado, campañas periódicas de educación, sensibilización y concientización en materia de bienestar animal, así
como de respeto, protección, procuración y trato digno a los animales. - - Los Ayuntamientos, deberán destinar el presupuesto suficiente, de acuerdo a su capacidad financiera para crear, instalar, administrar, regular y operar los Centros de Bienestar Animal y garantizar su debido funcionamiento, los cuales deberán contar con espacios dignos y de uso exclusivo para desarrollar sus actividades, contar con la supervisión de un médico veterinario con título y cédula profesional, para asegurar el bienestar de los animales que, por las causas previstas en la Ley, se encuentren dentro de los mismos además de cumplir con las medidas de seguridad, higiene y normas oficiales que correspondan.
- - Se fortalece la actuación del Instituto de Bienestar Animal, en la prevención y control de casos de crueldad animal, facultándolo a realizar visitas de inspección y aplicación de medidas de seguridad dando parte a la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, de los asuntos en los que sea procedente.