¿Bajo qué bases legales se ‘trasladaron’ 29 narcos a EU, según Gertz Manero?

Alejandro Gertz Manero.El fiscal negó así que se haya tratado de una extradición acelerada y que se hayan violado suspensiones judiciales
(Especial)

El fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, aclaró que la reciente entrega de 29 narcotraficantes a Estados Unidos no se trató de un proceso de extradición, sino de un traslado basado en acuerdos internacionales y en la legislación mexicana.

Explicó que la acción se realizó bajo la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Acuerdo de Palermo, 2000), que en su Artículo 17 permite el traslado de personas condenadas para que cumplan su pena en otro país con el consentimiento de ambas naciones.


Además, mencionó el Artículo 16. Este acuerdo establece que, en caso de delitos graves, los países firmantes pueden optar por extraditar o juzgar a los responsables, evitando que los criminales evadan la justicia refugiándose en otro territorio.

El fiscal también hizo referencia a la legislación mexicana para sustentar la decisión. Recordó que el Artículo 89 de la Constitución faculta al Presidente de la República para dirigir la política exterior, celebrar tratados internacionales y disponer de la Fuerza Armada para la seguridad del país.

Asimismo, destacó el Artículo 5° de la Ley de Seguridad Nacional. Este define como amenazas al país a la delincuencia organizada, el terrorismo y el tráfico de armas, justificando así la cooperación con Estados Unidos en el combate a estos delitos.

Con esta explicación, Gertz Manero desmintió las versiones que apuntaban a una extradición acelerada, asegurando que el traslado de los narcotraficantes fue una medida de cooperación internacional apegada a derecho.

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