A partir del domingo15 de enero quedará prohibido fumar en espacios públicos, abiertos y cerrados; esto luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
Esta reforma a la Ley General de Salud cumple con las metas pactadas con la Organización Mundial de la Salud de lograr un México libre del humo del tabaco, en cualquier presentación y dispositivo.
¿Dónde se prohíbe fumar?
- Espacios públicos abiertos y cerrados
- Áreas de tolerancia de fumadores
- Restaurantes
- Cantinas
- Cafeterías
- Antros (aun cuando haya una pared de por medio)
- Parques
- Estadios
- Auditorios
- Centros de entretenimiento
- Escuelas públicas y privadas
- Universidades
- En taxis y autos de aplicación
- Espacios rentados para fiestas
Reglamento de exhibición de cigarros
La ley también prohíbe exhibir de manera directa o indirecta cualquier cajetilla o producto de tabaco en redes sociales, en tiendas de conveniencia y de abarrotes, en grandes almacenes, inclusive se prohibirá la venta por unidad en puestos ambulantes, en cruceros, ya que, de hacerlo, se considerará un delito.