Como parte de las restricciones de la Ley Antitabaco, los establecimientos contarán con un plazo de dos meses para cumplir, al 100%, con la señalización que indique que sus negocios se tratan de espacios libres de humo de tabaco y emisiones, informó la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Los dos meses, se explicó, corren a partir de este viernes, con la publicación del Manual de identidad gráfica, que establecen las líneas de aplicación para las nuevas señaléticas, mismas que deberán estar visibles al público.
Según se explicó, el manual estará disponible en línea y será de acceso gratuito. La primera señalización obligatoria deberá ubicarse en cada entrada del establecimiento; ésta se compone de un nuevo logotipo y la leyenda "Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina".
Además, como establece el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, en los accesos e interior de los establecimientos deben exhibirse letreros que indiquen a la población que se trata de un espacio 100% libre de humo.
A la par, las señalizaciones deben contener frases de advertencia sobre su incumplimiento y el número telefónico para presentar quejas y denuncias.
Para las zonas permitidas para fumar, la Cofepris explicó que se deben colocar señalizaciones que indiquen “Zona exclusiva para fumar” y está ilustrada con pictogramas que simbolizan la prohibición de la presencia de niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas y adultos mayores en dichos espacios.