Este miércoles, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó tres sanciones en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por intervenir en las elecciones del pasado 2 de junio, haber generado inequidad en la contienda, uso indebido de recursos públicos y difusión de propaganda en el proceso electoral 2023-2024.
Lo anterior se deriva de las acusaciones hechas por la oposición en relación con las declaraciones de López Obrador que hizo en las conferencias mañaneras del 22 de marzo y el 12 de abril.
Además de los dichos de la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Alicia Bárcena, en la conferencia matutina del 21 de marzo.
La Sala Regional Especializada determinó que el Presidente y la Canciller incurrieron en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y uso indebido de recursos públicos.
La primera sentencia es para la para mañanera del 21 de marzo, cuando se anunció el programa “Vuelta a la Patria”, que mencionaba facilitar la repatriación de ciudadanos de Venezuela, entrega de apoyos a migrantes y su integración a los programas del Bienestar.
Con relación con la del 22 de marzo, se determinó que durante su intervención en Veracruz, AMLO intervino en el proceso electoral al referirse a la candidata de Morena en ese estado, Rocío Nahle, en periodo electoral como “una persona honesta”. También se señaló al gobernador saliente, Cuitláhuac García, quien ese día enslitó programas sociales de la entidad.
El 12 de abril, el mandatario anunció recorridos por obras públicas en construcción e hizo críticas a los partidos de la oposición.
También se acreditaron delitos electorales del vocero presidencial Jesús Ramírez; Sigfrido Barjau titular de Cepropie; Martha Jéssica Ramírez, directora general de Comunicación Digital del Presidente de la República y a Pedro Daniel Ramírez, jefe de departamento de Comunicación Social.