La Fiscalía General de la República (FGR) por fin obtuvo una sentencia a su favor, pues los magistrados de Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones determinó procedente aplicar la extinción de dominio a la casa de Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), ubicada en Lomas de Bezares, Ciudad de México.
Esta propiedad está valuada en 38 millones de pesos y supuestamente habría sido obtenida con recursos ilícitos.
No obstante, la resolución no es definitiva, ya que el exfuncionario puede apelar mediante un juicio de amparo.
Por unanimidad, los magistrados revocaron la decisión de la juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la República Mexicana, Ana Lilia Osorno Arroyo, quien el año pasado declaró improcedente la demanda de la FGR para que el inmueble sea transferido a la federación, porque no se puede aplicar la Ley Nacional de Extinción de Dominio de manera retroactiva.
La jueza expuso en su sentencia que cuando Lozoya Austin compró la propiedad, en diciembre de 2012, la ley no contempla como causal de extinción de dominio el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) y no se puede aplicar la ley de manera retroactiva.
Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación determinó que el artículo sexto transitorio de la Ley Nacional de Extinción de Dominio dice que esta norma es aplicable desde su entrada en vigor en 2019, “con independencia de que los supuestos para su procedencia hayan sucedido con anterioridad”.
.