Y a todo esto... ¿Cuáles son las funciones de un ministro o ministra de la SCJN?

La Corte se compone de 11 ministros, entre ellos el o la Presidenta
La Corte se compone de 11 ministros, entre ellos el o la Presidenta
¿Qué hace o qué?La Corte se compone de 11 ministros, entre ellos el o la Presidenta
Especial
Nación321
2023-11-28 |19:22 Hrs.Actualización19:22 Hrs.

Este miércoles, el Pleno del Senado de la República analizará los perfiles y escuchará a las tres aspirantes a ocupar el cargo de ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lugar que recientemente dejó Arturo Zaldívar

¿Pero sabes cuáles son las funciones que desempeñan las y los ministros? Aquí te contamos.

Primero, la SCJN se encarga de ser el guardián y garante de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; además, protege los derechos fundamentales de las y los ciudadanos y funge como mediador en las controversias constitucionales.

Los 11 ministros son elegidos por el presidente de la República y el Senado se encarga de ratificarlos para desempeñar el cargo por un periodo de 15 años. El presidente de la Corte se elige por cuatro años, sin posibilidad de reelección. 

¿QUÉ HACE UN MINISTRO? 

Entre los asuntos que le competen a las y los ministros se encuentran:

  • - Los juicios de amparo
  • - Controversias constitucionales
  • - Acciones de inconstitucionalidad
  • - La facultad de investigación de la SCJN

Y a continuación te decimos de qué trata cada uno:

JUCIO DE AMPARO 

Es el medio jurídico por el cual se protegen las garantías individuales que consagra la Constitución. Este medio se otorga cuando existan leyes que violen o vulneren las garantías individuales, en los casos en que existan leyes o actos que violen o vulneren la soberanía de los estados de la República.

CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES 

Son procesos me­diante los cuales se resuelven los conflictos que surjan entre el Poder Legislati­vo y Ejecutivo. Los poderes de los estados, los órganos de Gobierno de la Ciudad de México, o bien, entre los órdenes de go­bierno, por invasión de competencias o, por cualquier tipo de violación a la Constitución.

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 

La SCJN es la autoridad para nombrar de manera autónoma a los miembros de los órganos del PJF. Esta facultad también permite crear comisiones especiales para investigar casos de violaciones graves a las garantías individuales y derechos humanos.


ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD 

Son un medio de control de la constitucionalidad que se tramita en forma exclusiva ante la SCJN, por medio del cual se denuncia la posible contradic­ción entre la Constitución y alguna norma o dis­posición de carácter general de menor jerarquía (ley, tratado internacional, reglamento o decre­to), con el objeto de preservar o mantener la supremacía de la Carta Magna y dejar sin efecto las normas declaradas inconstitucionales.

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Pueden promoverlas los legisladores, ya sean diputados (federales o locales) o senadores, que conformen una minoría parlamentaria que represente al menos 33% del total de quienes integran el órgano que haya expedido la norma que impugna. 

También pueden promover acciones de inconstitucionalidad el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), los partidos con registro ante el INE o los partidos con registro local, cuando se trate de leyes electorales, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

 

LABORES DE LA PRESIDENCIA DE LA SCJN

La presidenta o el presidente de la Corte tiene funciones diferentes, estas son: 

  • - Autorizar los lineamientos para la elaboración de los programas anuales de trabajo, los programas anuales de necesidades y el proyecto de presupuesto de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura Federal.
    - Tramitar los asuntos de la competencia del Pleno de la Suprema Corte.
    - Autorizar las listas de los asuntos, dirigir los debates y moderar las sesiones de los plenos de la SCJN y el CJF.
    - Firmar las resoluciones del pleno de la SCJN, junto con la o el ponente y con la Secretaría General de Acuerdos, que dará fe.
    - Establecer comités de ministras y ministros como instancias de consulta y apoyo en la administración de la SCJN.
    - Rendir informes ante las y los ministros de la SCJN, las y los miembros del CJF, así como representantes de los demás Poderes de la Unión.

¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS DE LOS MINISTROS?

Apegados a un código de ética, los integrantes del PJF guían su actuar en cinco principios:

  • - Independencia
  • - Imparcialidad
  • - Objetividad
  • - Profesionalismo
  • - Excelencia

Estaremos a la espera de quien será la nueva ministra de la Corte, pues según el presidente Andrés Manuel López Obrador tanto Bertha María Alcalde Luján, Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González, reúnen los requisitos para ocupar el cargo por los siguientes 15 años.