Los 'jugosos' aguinaldos que recibirán algunos funcionarios

Mira de cuánto le va a tocar a los diputados, senadores y presidente
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Dinero.Mira de cuánto le va a tocar a los diputados, senadores y presidente
Nación321
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2017-12-07 |10:19 Hrs.Actualización11:33 Hrs.
CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque hay aguinaldos que casi alcanzan los 400 mil pesos

¿Ya sabes qué vas a comprar con tu aguinaldo? Los que van a tener que pensar muchísimo al respecto son algunos funcionarios públicos, pues el monto que recibirán por esta prestación no es para nada pequeña. 

Hay que recordar que, por ley, los trabajadores tienen derecho a 15 días de aguinaldo como mínimo. Si consideramos que algunos ganan el salario mínimo (88.36 pesos por jornada laboral de acuerdo con la Conasami) un aguinaldo con este sueldo equivale a unos 1,325 pesos. 

Pero como no todos ganan lo mismo, a continuación te dejamos un gráfico con los montos que recibirán algunos servidores públicos y su comparación con el aguinaldo proporcional al salario mínimo.

El presidente de la República, Enrique Peña Nieto, recibirá un aguinaldo de 81 mil 858 pesos, pero también tiene derecho a una gratificación de fin de año por un monto de 343 mil 583 pesos, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación 2017.

Los 500 diputados que conforman la Cámara Baja obtendrán un aguinaldo de 140 mil 504 pesos. Hay que recordar que el año pasado ellos mismos se aprobaron un "bono navideño" de 150 mil pesos más, algunos lo rechazaron y otros más lo usaron para "labores altruistas".

Los 128 senadores no cuentan con una partida extra además del aguinaldo, pero por este concepto recibirán 234 mil 330 pesos.

Los servidores públicos que más dinero van a recibir son los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ellos tendrán un aguinaldo de 380 mil 328 pesos.

QUE NO SE TE OLVIDE

Por ley, si laboras en una empresa privada te corresponde por lo menos el equivalente a 15 días de trabajo. Si no has cumplido con un año, te toca la parte proporcional de lo que hayas laborado, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Recuerda también que tu aguinaldo no tiene porque ser sujeto de deducciones de impuestos.