Vivimos en una sociedad altamente polarizada en la cual pareciera no haber posibilidad de que existan términos medios.
O se está en contra del presidente López Obrador o se está a favor de él.
O se es parte de la Cuarta Transformación o tiene uno que estar en contra de todo lo que representa.
O todas las iniciativas y propuestas de AMLO deben considerarse criticables o todas deben ser respaldadas.
Mi parecer es que no hay que aceptar esa polarización.
No solo no debe aceptarse. Creo que si el país sigue en ese rumbo entraremos a una larga etapa de inercia, en el mejor de los casos, o de inestabilidad política crónica, en el peor.
Hay dos temas en la agenda pública que son completamente diferentes, pero que el propio presidente López Obrador ha conducido a que sean tratados de la misma manera.
El primero es el debate respecto a la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa y el segundo es el traslado de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional.
Vamos al primer caso.
El artículo 19 constitucional fue reformado en 2008 y estableció la llamada “prisión preventiva oficiosa”. Las causales para ella se ampliaron en el 2019.
Pero, se trata de una reforma constitucional que fue aprobada por el Congreso.
La discusión que ayer comenzó en la Corte tiene que ver con la llamada “inaplicabilidad” de parte de ese artículo 19 constitucional.
Independientemente de estar de acuerdo o no con lo que ese texto dice, algunos de los ministros señalaron que el Poder Judicial no puede declarar que una parte de la Constitución “no vale”.
Otros señalaron que, en la medida que contraviene derechos humanos, sí es posible.
El asunto es claramente controversial.
Estar en contra de la ponencia del ministro Luis María Aguilar no es defender a AMLO y a la 4T.
Estar a favor, no es formar parte del ‘supremo poder conservador’, como ayer lo dijo el presidente de la República.
Pero así lo quiso transmitir AMLO y, dado que todo indica que no alcanzará la mayoría calificada para aprobar la ponencia del ministro Aguilar, tampoco quiere decir que AMLO subordinó a la Corte, aunque así lo quisiera hacer parecer él, que no será el caso.
El tema de la Guardia Nacional es complemente diferente.
La reforma al artículo 21 Constitucional que fue publicada en el Diario Oficial el 26 de marzo de 2019 estableció el carácter civil de la Guardia Nacional.
Dice el texto constitucional: “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional…”.
Más abajo, el mismo artículo precisa: “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional…”.
En este caso no hay discusión alguna, la naturaleza civil de la Guardia Nacional no deriva de alguna ley secundaria sino de la Constitución.
Para cambiar esa naturaleza, hay que cambiar la Constitución.
Pretender hacerlo mediante reformas de ley porque no se cuenta con los votos para hacer una reforma constitucional, es violar la Constitución.
No hay vuelta de hoja.
De la misma manera que el tema de la prisión preventiva oficiosa es debatible, la inconstitucionalidad de la reforma que pasaría la Guardia Nacional a la Sedena, no lo es en absoluto.
La intención obvia del presidente, subrayada por la mayoría de los expertos, es que ocurra un traslado de facto (si es que no la hay todavía), pues el cálculo es que cuando este asunto se aborde en la Corte, estemos en las postrimerías de esta administración.
No entro al debate del fondo de las propuestas. Eso es harina de otro costal. Solo al tema de la legalidad y constitucionalidad de ellas.
Y, esa materia, no todo es blanco o negro.
Así es la vida del país, y lamentablemente, esos tonos son los que la polarización frecuentemente instigada desde las mañaneras, no deja apreciar.