Nada hay más delicado que un presidente esté enojado, que no se le quite la rabia, porque al paso de los días se enciende más, piensa menos y toma peores decisiones. Y cuando el presidente se llama Andrés Manuel López Obrador, cuya intolerancia supina, según cercanos, va en aumento, el estado de ánimo se torna peligroso. Ayer, en el cuadrilátero de la mañanera en Palacio Nacional, arremetió contra medios, periodistas y el Poder Judicial, disparando su impune escopeta porque las cosas no salen como desea. Pero no nos equivoquemos. Su coraje gira en torno a la prisión preventiva oficiosa que el próximo lunes será debatida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia.
López Obrador se está valiendo de artimañas, incluso una mentira flagrante, al decir que la prisión preventiva oficiosa se aprobó durante el gobierno de Felipe Calderón, y amagó con dar a conocer la lista de quienes votaron a favor de esa ley –citó a los panistas Santiago Creel y a Marko Cortés, y a Jesús Murillo Karam– y cómo fue la cobertura en los medios. El Presidente es malintencionado y falso.
Aquella reforma constitucional de 2008 no buscaba inhibir la comisión de los delitos, sino contar con la certeza de que en los de mayor impacto, los imputados permanecieran bajo la custodia del sistema de justicia penal, asegurando a las víctimas y lo que llamaron el buen manejo de la investigación. El 18 de junio de 2018, en una nueva modificación, se incorporó la figura de la prisión preventiva en sus dos vertientes, la justificada y la oficiosa, en cuyo párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución se establecía:
Para la prisión preventiva justificada, el ministerio público sólo la puede solicitar al juez cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, así como el desarrollo de la investigación, la protección de la víctimas y los testigos. El catálogo de delitos para la prisión preventiva oficiosa incluía delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con armas de fuego y explosivos, así como aquellos delitos graves en contra de la seguridad nacional.
El 12 de abril de 2019 se reformó el segundo párrafo del artículo 19 constitucional, a fin de ampliar el catálogo de la prisión preventiva oficiosa –la prisión preventiva no sufrió ninguna modificación–, que agregó el abuso o la violencia sexual contra menores, feminicidio, trata de personas, robo de casa-habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción por enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga, huachicoleo, desaparición forzada y cometida por particulares, y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo militar.
La ampliación de este catálogo fue cabildeada por el exconsejero jurídico de la Presidencia Julio Scherer y el fiscal general, Alejandro Gertz Manero, que implícitamente arropaba la narrativa de López Obrador y a su estrategia de desmantelar el viejo régimen, como lo llama, encarcelando a exfuncionarios de gobiernos anteriores. La legitimidad de su presidencia depende de la lucha contra la corrupción, el principal mandato de las urnas, y para mostrar que todo aquello por lo que votaron por él es real, tiene que encarcelar a personajes importantes. Hasta esa modificación, los delitos de cuello blanco no tenían pase automático a la cárcel, pero esa nueva reforma los incorporó.
La racional de la reforma del 19 fue, a juicio de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Segunda, que se necesitaba un derecho penal más restrictivo que desincentivara la comisión de delitos que lesionaran "los bienes públicos más sensibles de la sociedad". Con 91 votos a favor y 19 en contra, el Senado aprobó el 6 de diciembre de 2018 la reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, cuyo decreto fue publicado el 12 de abril de 2019.
Las consecuencias fueron abusos de esa ley, censurada en el mundo por violar derechos humanos. Varias transgresiones a esa ley demostraron las críticas, como en el proceso de la exsecretaria de Estado Rosario Robles por el presunto delito de ejercicio indebido del servicio público, o de Murillo Karam en el caso Ayotzinapa, que recibieron en automático la prisión preventiva oficiosa, que enmarcaron una batalla en tribunales que terminó en la Suprema Corte.
El proyecto que se discutirá el lunes fue elaborado por el ministro Luis María Aguilar, que propone declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa por contravenir los principios constitucionales de esa figura, así como la presunción de inocencia. Para que ello ocurra se necesitan ocho votos, que en este momento, trascendió, están asegurados. Si esto sucediera, los casos políticos de alto impacto, los únicos que interesan a López Obrador, dejarían de ser tan redituables ante la opinión pública, porque los imputados se defenderían en libertad y no tras las rejas, imágenes que favorecen su retórica.
La cruzada de López Obrador contra el Poder Judicial arreció en vísperas de la discusión en la Corte, tras un reciente desencuentro con su presidente, Arturo Zaldívar, porque el ministro está de acuerdo con el proyecto de Aguilar. López Obrador, hasta ahora, tiene perdido a su aliado en la Corte y mediante exabruptos, amenazas de linchamiento público, y sobre todo, acusaciones de corrupción contra jueces y magistrados, quiere doblegar a la Corte a que cumpla sus deseos.
Su cólera diagnostica debilidad en la narrativa de culpar de todo a la corrupción del pasado. Si pierde esta batalla su pólvora política se mojará y será mas difícil inducir a ver sólo por el retrovisor. Potencialmente tendría un impacto electoral que, estamos viendo, no lo va a permitir.