Tribunal da luz verde a procesos del Frente y la 4T... pero les impone reglas

Se desechó la propuesta de Janine Otálora, de suspender el proceso, tanto del Frente como de la 4T
Se desechó la propuesta de Janine Otálora, de suspender el proceso, tanto del Frente como de la 4T
Ordenamiento.Se desechó la propuesta de Janine Otálora, de suspender el proceso, tanto del Frente como de la 4T
Cuartoscuro
Nación321
2023-07-19 |17:03 Hrs.Actualización21:28 Hrs.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio luz verde a la convocatoria del Frente Amplio por Mexico para iniciar con los recorridos de los participantes para determinar quién encabezará los trabajos de la alianza del PRI, PAN y PRD de cara a las elecciones federales del 2024.

No obstante, ante lo inédito de este tipo de procedimientos, ordenó que, en un plazo no mayor a cinco días, el Instituto Nacional Electoral (INE) emita lineamientos para regular este tipo de procesos intra partidistas previos al arranque del proceso electoral 2023-2024, en septiembre próximo.

Dichos lineamientos serían de aplicación general y vinculatorios a todos los partidos y actores políticos, y es que los magistrados recordaron que que este tipo de acciones se han generalizado en el país y los llevan a cabo tanto los de oposición (PAN, PRI y PRD), como el partido en el gobierno (Morena) y sus aliados (PT y PVEM). 

El Tribunal afirmó que el objetivo es garantizar el principio de equidad en la contienda, de forma adecuada y completa, así como dar certeza de las conductas que están permitidas y las que están prohibidas por parte de los partidos políticos.

Entre las medidas que debe regular el INE está la fiscalización estricta de los recursos utilizados, fijar parámetros que regulen los actos previos al inicio del proceso electoral, y establecer con claridad las consecuencias de transgredir dichas limitaciones.

Así, la Sala Superior resolvió, entre otras cuestiones, prohibir el uso de recursos públicos, que incluyen tiempos partidistas en radio y televisión, para sobre exponer a determinadas personas.

También estableció la prohibición para hacer llamados al de respaldo para obtener precandidaturas o candidaturas, o llamados a no votar por determinada persona o agrupación, y de ocurrir, se investigue con forme a la ley.

Asimismo, dijo que se debe garantizar que de ninguna manera se permitan actos anticipados de precampaña o campaña.

La decisión se tomó por mayoría de 3 votos, de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Fuentes Barrera e Indalfer Infante González, quienes se pronunciaron contra la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis quien había propuesto la suspensión total del proceso.