Un Tribunal Colegiado confirmó la suspensión de oficio y de plano otorgada a Rafael Caro Quintero, fundador del extinto Cártel de Guadalajara, la cual impide el traslado a Estados Unidos.
En el documento, Caro Quintero asegura que se le pretende trasladar a territorio estadunidense sin que haya concluido su proceso de extradición, “debido a las presiones que el nuevo gobierno de ese país ejerce contra México”.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito declaró, por unanimidad, infundado el recurso de queja que interpuso la Fiscalía General de la República (FGR) contra la medida cautelar otorgada por Raquel Ivette Duarte Cedillo, jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México.
La FGR alegó que el narcotraficante, que cumple una sentencia de 40 años de cárcel, ya cuenta con una suspensión que frenó su extradición, por lo que no procedía otorgar la nueva medida cautelar.
No obstante, el Tribunal Federal señaló:
“…en la demanda de amparo que hoy se examina, se refiere a actos de autoridad suscitados el 20 de enero de este año (fecha en que tomó posesión Donald Trump como presidente estadunidense), agregando que se le pretende trasladar a Estados Unidos, sin que haya concluido su procedimiento de extradición debido a las presiones que el nuevo gobierno de ese país ejerce contra México, esto es fuera de todo cause legal; de lo que se obtiene que, hasta este momento procesal, no se puede afirmar que se trate de los mismos actos, dado que son de fechas diversas y originados por diversas causas”.
Cabe recordar que Rafael Caro Quintero fue detenido en 1985, pero debido a que es requerido por el asesinato de Enrique ‘ Kiki’ Camarena, agente de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), las autoridades mexicanas determinaron en su momento no entregarlo por no existir garantía de que no fuera sometido a la pena capital, razón por la que purgó su condena en México hasta que se ordenó su liberación por un amparo que obtuvo después de 28 años de estar preso.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la resolución, fallo que llevó a un Tribunal Colegiado a ordenar su reaprehensión para que cumpla 12 años más de cárcel, ya que su sentencia es de 40 años.
El mandato judicial fue ejecutado por elementos de la Secretaría de Marina el 15 de julio de 2022, en Choix, Sinaloa.