Porque es una ley que deben cumplir y la Profeco te puede ayudar a obligarlos
A partir de este martes, los viajeros aéreos podrán exigir reembolsos si las aerolíneas que les ofrecieron el servicio de transportación presentan una demora mayor a 60 minutos.
Este lunes se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las modificaciones a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor donde se crean los derechos de pasajeros y se establecen, entre otras cosas, las multas por despegues impuntuales, los cuales entran en vigor el martes.
El decreto dice que, en caso de demora de más de una hora y menos de dos horas respecto al tiempo de salida estipulada en los boletos de avión, las empresas deberán compensar respecto a sus propias políticas, pero mínimo se deberá incluir descuentos en vuelos posteriores hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
En caso de dos a cuatro horas, las líneas aéreas deberán compensar con un descuento de 7.5 por ciento en un futuro viaje al mismo destino.
Si la demora es de cuatro horas o más, las empresas tienen que reintegrar el valor del trayecto afectado, ofrecer transporte sustituto, alojamiento en caso de requerirse y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
En las tres opciones, las empresas darán 25 por ciento del valor del vuelo demorado.
Cuando viajas en avión, ¡tus derechos viajan contigo! https://t.co/PT07mMOrOX pic.twitter.com/HRYYayG6aP
— Profeco (@Profeco) 25 June 2017
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) deberá instalar módulos de información en cada una de las terminales aéreas del país y las aerolíneas tendrán 90 días para adecuar procedimientos para cumplir con las modificaciones de ley, dice el decreto.
Entre otros derechos, destacan el acceso a bordo con dos maletas de mano, y una maleta documentada de no más de 25 kilogramos.
Además, las aerolíneas no podrán cancelar viajes de regreso si el de ida fue cancelado en una venta redonda.