Porque una jurisprudencia del SCJN prendió las alertas respecto al sistema de pensiones
El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, negó que se haya reducido el límite de salarios mínimos, de 25 a 10, en las pensiones de los trabajadores que cotizan bajo el régimen de la Ley IMSS de 1973.
Robledo señaló que lo publicado en el semanario de la Suprema Corte de Justicia fue un criterio de aplicación para juzgados y tribunales colegiados y no de aplicación general. Indicó que esa medida no aplica al Seguro Social.
“En ese sentido, sí decir que vamos a seguir calculando las pensiones en 25 salarios mínimos. No se ‘rasura’ nada como se informó, no hay recalculo ni disminución”, dijo durante la conferencia mañanera en Palacio Nacional. “Sería injusto bajarlo de 25 a 10”, añadió.
El Semanario Judicial de la Federación publicó que los trabajadores que se pensionaron conforme a la Ley del Seguro Social de 1973 tendrían un límite de máximo 10 salarios mínimos para el cálculo de su pensión, como se estableció ese año.
El régimen de 1973 indicaba que la cantidad máxima de salarios mínimos era de 10, mientras que en 1997 se estableció un tope de 25 días de salarios.
“Sería injusto, es el trabajo de toda su vida. Cotizaron toda su vida a 25 y sería injusto bajarlo a 10”, indicó.
Sobre el mismo tema, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que no se debe confundir a la actual administración y que no habrá recorte.
“En el caso de las pensiones, no nos confundan. ¿Cómo vamos a bajar las pensiones de los trabajadores?”, dijo.