Tribunal ratifica a Guadalupe Taddei como consejera presidenta del INE

Taddei fue elegida para el periodo del 4 de abril de 2022 al 3 de abril de 2032
Taddei fue elegida para el periodo del 4 de abril de 2022 al 3 de abril de 2032
Periodo.Taddei fue elegida para el periodo del 4 de abril de 2022 al 3 de abril de 2032
David Saúl Vela
2023-04-19 |17:50 Hrs.Actualización17:49 Hrs.


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la designación de Guadalupe Taddei y Jorge Montaño como presidenta y consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), respectivamente.

Los magistrados desecharon la impugnación que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) contra dichas designaciones hechas el 31 de marzo pasado por la Cámara de Diputados, a través del método de insaculación.

Dichos funcionarios fueron designados para el periodo que va del 4 de abril de 2022 al 3 de abril de 2032. “Se confirma la designación”, dice la sentencia aprobada por unanimidad de votos de la Sala Superior. Desestimaron los argumentos del PAN, que alegó que tanto Taddei como Montaño incumplieron con los requisitos de elegibilidad.

Advirtieron que el alegato del PAN es inexacto respecto de que es necesario presentar la cédula profesional para dar por cumplido el requisito de tener un título profesional con antigüedad mínima de cinco años a la hora de la designación. También desestimaron el señalamiento de que Taddei no es la persona idónea para presidir el Consejo General del INE, por falta de autonomía y parcialidad, al tener una afinidad con Morena y al proyecto de la 4T.

Indicaron que dichas aseveraciones son manifestaciones genéricas que constituyen suposiciones, y en sus alegatos el PAN no desarrolla sus argumentos de manera sólida y con sustento.Con relación a Montaño, dijeron que el argumento del PAN de que no es elegible por haber sido fiscal electoral de Tabasco, resulta infundado porque no hay una prohibición en la ley que impida su elegibilidad.

Hicieron ver que la prohibición que prevé la ley es para personas que hayan sido titulares de las Procuradurías o Fiscalías Generales, no para fiscales electorales.