Si sufres un accidente o tienes una enfermedad que signifique una disminución de tus facultades o aptitudes para trabajar, o estás imposibilitado para hacerlo, puedes solicitar una pensión. Te explicamos cómo.
El Gobierno de México ofrece una pensión de Incapacidad Permanente, la cual puede ser parcial o total.
Esto depende de tu situación: si sufriste un accidente o tienes una enfermedad que implique la disminución de tus facultades o aptitudes, será una Incapacidad Parcial, mientras que si sufriste la pérdida de facultades o aptitudes que te imposibilitan para desempeñar cualquier trabajo por el resto de tu vida, es una Incapacidad Total.
El derecho al goce de la pensión, ya sea total o parcial, depende de que la incapacidad para el trabajo haya sido dictaminada por servicios médicos institucionales, esto mediante un formato llamado 'Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3'.
El dictamen médico puede darte una pensión provisional por hasta dos años o una definitiva.
Si deseas obtener uno de estos apoyos, el Gobierno de México indica que puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana.
Los documentos que necesitarás son:
1. Original o copia certificada, acompañados de copia simple de:
-Identificación oficial con fotografía y firma, esta puede ser: Credencial ADIMSS; credencial para votar vigente; cédula profesional expedida por la SEP; pasaporte expedido por la SRE; cartilla del Servicio Militar Nacional emitida por Sedena; Cédula de Identidad Personal, emitida por la Secretaría de Gobernación; documento con fotografía expediro por la alcaldía o municipio donde el o la interesada reside; carta de naturalización.
En el caso de menores de edad, se acepta: Credencial ADIMSS; pasaporte expedido por la SRE; constancia de estudios con fotografía expedida por el Sistema Educativo Nacional; Cédula de Identidad Personal; documento con fotografía expedido por la alcaldía,delegación o municipio donde reside; y, en caso de extranjeros, el pasaporte; documento migratorio expedido por Oficinas Consulares de México en el extranjero; tarjeta de residencia expedida por el INM.
2. Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavir o una Afore que contenga tu Número de Seguridad Social y el nombre de la o el asegurado o pensionado.
3. Comprobante de domicilio, con fecha de antigüedad no mayora tres meses; credencial para votar expedida por el INE o el IFE vigente; Boleta predial; Recibo de consmo de agua; recibo de servicio de luz; recibo del servicio de gas; constancia de residencia.
4. CURP en copia simple o impresión.
5. Estado de cuenta, impresión obtenida del sitio web de la Afore que maneje la cuenta individual o contrato firmado con la Afore, con antigüedad no mayor a seis meses.
6. Constancia de inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones.
7. Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.
Si tienes dudas, puedes consultar directamente la sección de más información de la pensión dando clic aquí.