La SCJN admite recurso del PVEM contra ley #SinVotoNoHayDinero de Pedro Kumamoto

La impugnación de la ley #SinVotoNoHayDinero será analizada por la SCJN
La impugnación de la ley #SinVotoNoHayDinero será analizada por la SCJN
Suprema Corte.La impugnación de la ley #SinVotoNoHayDinero será analizada por la SCJN
Cuartoscuro
David Saúl Vela
2017-06-20 |21:10 Hrs.Actualización21:09 Hrs.
CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque esta ley disminuiría el financiamiento a los partidos políticos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió para su análisis el recurso de inconstitucionalidad contra la ley conocida como #SinVotoNoHayDinero, impulsada por el legislador independiente Pedro Kumamoto y aprobada dentro de la Reforma Político Electoral de Jalisco.

La reforma contempla condicionar el presupuesto a los partidos políticos con base a los votos que obtengan en la votación para diputados locales de 2018, y el financiamiento se haría efectivo a partir de 2019. Actualmente, Jalisco destina alrededor de 300 millones de pesos por año a los partidos.

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El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo analizará la impugnación interpuesta por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en la que se demanda la invalidez de la aprobación de la ley #SinVotoNoHayDinero en Jalisco, argumentando que se violaron facultades exclusivas del Poder Legislativo federal.

De esta manera, se someterá al escrutinio del máximo órgano juzgador del país lo inherente a la reducción y condicionamiento del presupuesto que otorga Jalisco a los partidos políticos, basado en la iniciativa del diputado local independiente Pedro Kumamoto Aguilar, según se lee en los documentos oficiales de la SCJN.

Se informó a los Poderes Legislativo y Ejecutivo del estado de Jalisco "para que rindan su informe dentro de los seis días naturales, contados a partir del día siguiente a la notificación de este acuerdo".

El inicio del trámite de impugnación de la también llamada "Ley Kumamoto", debe informarse a la Procuraduría General de la República (PGR), para que formule pedimentos. De igual forma, se notifica al Instituto Nacional Electoral (INE), para que remita a la Suprema Corte los estatutos del PVEM y compruebe su registro actual como instituto político.