Contingencia ambiental: ¿Qué vehículos no circulan este Domingo de Ramos?

Este domingo continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono
Este domingo continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono
En CDMX y Edomex.Este domingo continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono
Cuartoscuro
Nación321
2024-03-24 |10:50 Hrs.Actualización10:50 Hrs.

Este domingo 24 de marzo, Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) dio a conocer que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono tanto en CDMX como el Edomex, ante ello se mantendrán las restricciones vehiculares, como el Doble Hoy No Circula.

Ante ello, toma tus precauciones y conoce qué vehículos deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas, así como a cuáles no les aplica la medida:

  • - Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • - Los vehículos de uso particular con holograma de verificación  1, cuyo último dígito numérico sea  2, 4, 6, 8 y 0.
  • - Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado amarillo, terminación de placa  5 y 6.
  • - Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,  de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • - Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques   estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR
  • - Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  • - Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de    circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones:

  • - Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • - Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color amarillo y terminación de placa 5 y 6.
  • - Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • - Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • - Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • - Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • - Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • - Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • - Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y GLP).
  • - Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • - Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • - Las motocicletas están exentas de la Fase I.