¿Qué pasa si no hay un claro ganador en las elecciones?

El conteo de votos inicia después de que cierran las casillas
El conteo de votos inicia después de que cierran las casillas
Boletas.El conteo de votos inicia después de que cierran las casillas
Cuartoscuro
Pancho Parra
Editor de datos
2017-06-04 |17:06 Hrs.Actualización17:20 Hrs.
CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque puede darse un resultado cerrado

Todo apunta a que la elección del Estado de México tendrá un resultado cerrado, al menos así lo apuntaron las últimas encuestas. 

Esto ha generado algunas dudas sobre qué pasará si la diferencia es tan cerrada que no se puede dar un claro ganador. Estos son los escenarios:

NO ACEPTAR LOS RESULTADOS

No pasa nada si algún candidato no acepta el resultado. 

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El candidato puede dar una conferencia o mensaje para anunciar su decisión; sin embargo, la autoridad electoral dará el triunfo a quien haya obtenido más votos (porque así lo marca la ley electoral).

Lo que sí puede hacer el candidato que obtenga el segundo lugar es presentar una impugnación ante las autoridades electorales.

IMPUGNAR LA ELECCIÓN

Cuando la autoridad electoral termina de sumar todos los votos emite un ganador. Este resultado es definitivo; sin embargo, otros candidatos pueden considerar que hubo problemas y que la elección no fue justa, por lo tanto tienen el derecho de presentar por escrito una demanda ante el tribunal electoral de cada estado. 

Esta demanda debe estar basada en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la cual indica cuáles son los hechos válidos y los medios y formas para presentar la denuncia, además de las sanciones y resoluciones.

¿QUIÉN PUEDE IMPUGNAR?

La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral indica que los medios de impugnación pueden presentarse por:

–Los partidos políticos a través de sus representantes legítimos, entendiéndose.

– Los ciudadanos y los candidatos por su propio derecho, sin que sea admisible representación alguna

– Las organizaciones o agrupaciones políticas o de ciudadanos, a través de sus representantes legítimos

– Los candidatos independientes, a través de sus representantes legítimos, entendiéndose por éstos a los que se encuentren acreditados ante el Instituto

¿QUÉ HACE EL TRIBUNAL ELECTORAL CON LA IMPUGNACIÓN?

El Tribunal Electoral primero le avisa al INE que hay una impugnación y le informa cuál es la protesta. Después, tiene 72 horas para publicar el aviso y así los involucrados puedan formular sus alegatos.

Posteriormente, la autoridad tiene 24 horas más para armar los papeles de la demanda, el expediente completo y la información necesaria, esto para que la Sala del Tribunal Electoral (los jueces) empiece a estudiar y deliberar este caso. Por último, el tribunal emite una sentencia.

Este proceso de impugnación es tan complejo que el TRIFE (los jueces electorales) tiene una guía para impugnar elecciones, y la puedes consultar aquí.