SCJN pone criterio a la UIF para bloquear cuentas a delincuentes

Con tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la SCJN aprobó el proyecto de Pérez Dayan
Con tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la SCJN aprobó el proyecto de Pérez Dayan
SCJN.Con tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la SCJN aprobó el proyecto de Pérez Dayan
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Nación321
2024-10-09 |16:49 Hrs.Actualización16:49 Hrs.

Con tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, referente a una jurisprudencia que define el procedimiento que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), debe seguir cuando reciba solicitudes de bloqueo de cuentas bancarias de presuntos delincuentes por parte de autoridades extranjeras.

De acuerdo con el diario Milenio, esto quiere decir que se determinó que la alusión a una ‘petición expresa’ no se refiere a la exigencia de un formalismo especial para plantear la solicitud, sino que implica la reunión de un conjunto de condiciones para que se justifique válidamente el despliegue de la facultad de bloqueo de la UIF de la SHCP, esto es:



"La existencia de una solicitud de una autoridad extranjera, en la que de manera expresa requiera la implementación del bloqueo financiero de personas determinadas; la solicitud debe estar formulada por una autoridad extranjera que cuente con atribuciones en la materia y con competencia para requerir el despliegue de tal medida; y la petición debe estar relacionada con el cumplimiento de compromisos internacionales”.

El tema fue impulsado por el exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, quien solicitó que se analizara el asunto, debido a los criterios establecidos por el Pleno del Décimo Noveno Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito.

Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien se opuso a la propuesta, argumentó que el nuevo criterio impondría mayores exigencias a la UIF.

El otro tribunal determinó que la “petición expresa” debe ser clara y definitiva, y no una simple sugerencia para proceder con el bloqueo.